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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #627742  por DraVal
 
ESTIMADOS:

Tengo una duda respecto a la liquidacion de la sociedad conjugal en forma privada... es la primera vez que lo haría y no quiero hacer lios...

La semana que viene presentaremos la demanda de divorcio por presentacion conjunta con acuerdo de regimen de visitas y cuota alimentaria.

Como unico bien ganancial existe un automotor, y no lo quieren liquidar judicialmente.

El marido no tenia demasiado interes en el divorcio, o sea no tenia apuro,(mi clienta si) ahora el Sr. quiere vender el auto urgente (el cual quedaria 100 % en favor de el, ya que hicieron mejoras en el inmueble de la esposa y ahi quedarian compensados), y esta apurado por que mi clienta le firme el 08 ... situacion que debemos aprovechar para que finalmente firme el divorcio...MIS DUDAS SON :

* hacemos el convenio adjudicandole el 100 % del unico bien al marido ante escribano .. el mismo dia se firma el 08...y con q fecha ? Corremos algun riesgo?
el Sr ya tendria libre disposicion del bien desde la fecha ? o la tendra a partir de la sentencia ?
o en que instancia se firma el 08 ? los retiene el escribano ?

ME GUSTARIA SI ME PUEDEN COMENTAR COMO ES EL PROCEDIMIENTO ... asi no pregunto mas pavadas...


gRACIAS a quien pueda guiarme y disculpen las preguntas tan basicas ...
 #627872  por Carmen Susana
 
[quote="DraVal"]ESTIMADOS:

Tengo una duda respecto a la liquidacion de la sociedad conjugal en forma privada... es la primera vez que lo haría y no quiero hacer lios...

La semana que viene presentaremos la demanda de divorcio por presentacion conjunta con acuerdo de regimen de visitas y cuota alimentaria.

Como unico bien ganancial existe un automotor, y no lo quieren liquidar judicialmente.

El marido no tenia demasiado interes en el divorcio, o sea no tenia apuro,(mi clienta si) ahora el Sr. quiere vender el auto urgente (el cual quedaria 100 % en favor de el, ya que hicieron mejoras en el inmueble de la esposa y ahi quedarian compensados), y esta apurado por que mi clienta le firme el 08 ... situacion que debemos aprovechar para que finalmente firme el divorcio...MIS DUDAS SON :

* hacemos el convenio adjudicandole el 100 % del unico bien al marido ante escribano .. el mismo dia se firma el 08...y con q fecha ? Corremos algun riesgo?
el Sr ya tendria libre disposicion del bien desde la fecha ? o la tendra a partir de la sentencia ?
o en que instancia se firma el 08 ? los retiene el escribano ?

ME GUSTARIA SI ME PUEDEN COMENTAR COMO ES EL PROCEDIMIENTO ... asi no pregunto mas pavadas...


gRACIAS a quien pueda guiarme y disculpen las preguntas tan basicas ...[/quote]
Si el automotor está a nombre del marido y ella presta el asentimiento en el 08 no hace falta que se haga convenio alguno, él de esa forma lo vende.-
Si está a nombre de ella no puede firmar el 08 a favor del marido porque el contrato de venta está prohibido entre cónyuges.-