Estimados foristas: Mi duda es la siguiente, y agradeceré mucho si alguien mas avezado en cuestiones de familia puede aclararme algo, 1) Puede coincidir la figura del curador provisorio y el definitivo en una misma persona? yo tengo entendido que no, pero estoy siguiendo un expediente que me facilitaron y el presentante pide ser instituido como curador provisorio, para posteriormente ser nombrado curador, y el juzgado lo único que hace en el primer decreto es solicitar el sellado, no se pronuncia sobre el pedido..., 2) Este trámite lo hago para que la pueda solicitar alimentos mi cliente para su madre, es un caso de alimentos para los padres, y hay dos hermanos con convenio homologado que nunca pagaron, y la hija conviviente con la madre quiere reclamarlos, entiendo que es necesario la curatela para que esté legitimada activamente, pese a lo urgentes de los alimentos no hay otra forma. Si algún miembro de este foro es tan amable como para ayudarme le agradeceré.-
Hola...
Tengo entendido que si puede ser la misma persona.
Es decir, mientras tanto se resuelve el "nombramiento" como curador definitivo, se solicita que se lo nombre provisorio. No lo se con certeza, pero en un caso mío pasó algo similar. Espero que eso te pueda ayudar en algo. Saludos. Daniela.