tengo un jubilado de este ano en anses que utilizo sus 30 anos de servicios hasta el ano 1995 ...recien en 2010 cumplio los 65 de edad.....no utilizo para jubilarse anos del ips....siguio trabajando y piensa seguir para poder vivir.....lleva a la fecha 23 anos de aportes desde 1995 a la fecha no simultaneos de ahi para atras si ( salvo uno que no es simultaneo ya que no trabajo ese ano para anses)
que me aconsejan ya que su jubilacion en anses es un tercio de la que da por blucorp y ya tenemos la denegacion adminiostrativa de anses y iremos por el juicio por mayor jubilacion sea badaroo algun otro....
la pregunta que hacer con ips...nunca preguntaron en anses ni se usaron esos anos para jubilarse alli....lei por otro lado en este foro que han denegado el reajuste cuando trae del ips al anses los aportes.....una insjuticia total porque dicen que no fue declarada en su momento.....
consejo por favor debere presentar algo o dejara que corran los tiempos...la dea es ir por un caso badaro II ...jajaj para sentar jurisprudencia si aportaste a dos cajas y no usaste anos de una en la otra son dos jubilaciones....
deberian sumar lo que deberia pagar el ips a lo que ya percibe en el anses>????? un %...???? de todos los 25 anos o mas que pueda tener cuando se jubile en ips??? ahi ya tiene la edad le faltan solo 2 anos para cumplir los 25 de servicios......
que injusta es la legislacion solo favorece a las cajas que mal han usado los fondos
gracias
que me aconsejan ya que su jubilacion en anses es un tercio de la que da por blucorp y ya tenemos la denegacion adminiostrativa de anses y iremos por el juicio por mayor jubilacion sea badaroo algun otro....
la pregunta que hacer con ips...nunca preguntaron en anses ni se usaron esos anos para jubilarse alli....lei por otro lado en este foro que han denegado el reajuste cuando trae del ips al anses los aportes.....una insjuticia total porque dicen que no fue declarada en su momento.....
consejo por favor debere presentar algo o dejara que corran los tiempos...la dea es ir por un caso badaro II ...jajaj para sentar jurisprudencia si aportaste a dos cajas y no usaste anos de una en la otra son dos jubilaciones....
deberian sumar lo que deberia pagar el ips a lo que ya percibe en el anses>????? un %...???? de todos los 25 anos o mas que pueda tener cuando se jubile en ips??? ahi ya tiene la edad le faltan solo 2 anos para cumplir los 25 de servicios......
que injusta es la legislacion solo favorece a las cajas que mal han usado los fondos
gracias