Hola foristas!!! estoy en la etapa previa de un proceso de famlia en el cual mi clienta reclama alimentos para la hija menor al padre, el primer despacho de la consejera estableció alimentos provisorios equivalentes al 20 % del salario del progenitor, a ser retenidos por la empleadora y depositados cada mes en una cuenta bancaria al efecto. Ya hice el oficio a la empleadora, mi duda es, dejo el oficio a confronte, luego lo retiro y cómo sigue? quién lleva el oficio a la empleadora? alguien me puede orientar? es mi primer caso de alimentos, muchas graciassss!!!!!