markello escribió:Hola airis.Nuevamente mil gracias Markello, entonces voy a ir a sacar fotocopia de todo el expte. adm. (lastima que no lo saque ayer), y solicito que lo certifiquen de la misma forma que con la sentencia. Saludos y gracias.
Ya lo vivi hace unos dias, asi que te cuento.
Este juzgado hace caso omiso a las copias certificadas por el organismo, solo necesitan el exte administrativo original. Una vez que llega los instrumentos, siempre hay que sacar fotocopias del mismo y dejarlo para certificarlo por el actuario. El juzgado mismo coteja si las copias que nosotros presentamos son las mismas que figuran en el exte y ellos mismo lo certifican.
Es muy prudente por parte del juzgado ordenar fotocopias del instrumento por si el Anses no paga (de hecho no lo hace en tiempo y forma) por lo que te obliga a abrir la ejecucion de sentencia y como veras en diferentes post, en esa etapa es importante la liquidacion inicial del organismo pero como el exte se fue al anses a liquidar la sentencia algunos colegas se quedan sin la posibilidad de ejecutar porque anteriormente NO dejaron la liquidacion inicial en el exte judicial. Alli esta el problema, si piden remision de exte. adm. al organismo, éste no le liquidará la sentencia por falta de instrumento y si no lo traen al juzgado no podemos seguir con la ejecucion.
En todos los casos y segun la interpretacion judicial, hay que adjuntar copias certificadas por el organismo y aquellos juzgados COMO EL 5 es importante fotocopiar la liquidacion inicial (yo fotocopio todo el exte adm.), certificarlo por el actuario y mandar el exte adm. al anses. Si no pagan en tiempo y forma, lo que haces es abrir la ejecucion de sentencia con la documental certificada por el mismo juzgado, continuas sin problema y sin solicitar NUEVAMENTE EL ADMINISTRATIVO DEL ANSES.
Por ultimo te cuento que en este juzgado no corre la validez de las copias certificadas por el organismo, deben ser certificada por ellos mismos.
saludos