Hola les cuento, envie segundo telegrama intimando a registrar relación laboral ley 24013, por negativa de tareas, y desde que empezo a trabajar sac horas extras vacaciones asignaciones familiares. El primero lo recibieron y no contestaron (figura recibido por correo argentino). Me contestan primero que nunca recibieron el telegrama anterior que yo mencionaba, despúes diciendo que dentro de los 30 días van a registrar (nunca me paso es casi 1 año!!!) y que se reintegre a trabajar en 48 hs. Aparte me negaron el horario denunciado de trabajo. TAmbién que ella no fue a trabajar desde tal fecha y que nunca le negaron tareas. Obviamente no quiere volver a trabajar ahi (es mas ya tiene otro trabajo) tengo para considerarla despedida dado que dicen no deberle sac diferencias salariales y demás, pero que pasa con las indemnizaciones 24013 si dicen de blanquearlo en el plazo de ley? Tengo dudas con respecto a eso, si dijeron que la iban a blanquear y que reingrese a trabajar no puedo usar las multas del trabajo en negro si la considero despedida ahora antes del plazo dado que ella no piensa volver. Que opinan?? gracias besos
Ahora si se ofrece a registrarla dentro del termino de ley, bajo los parametros que vos denunciaste y abonando todas las sumas adeudadas, no podés considerarte validamente despedida.-
Finalmente, en un caso similar le dije al abogado de la empresa, muy amablemente, que mi cliente no tenia problema en retomar tareas, pero que lo piense bien, porque al final le iba a salir mas caro, porque la relación se iba a romper igual. Entonces, va a pagar la moratoria y la indemnización. Lo pensaron bien y conciliamos!!!
bs
