Hola les hago esta consulta en el Tribunal de Familia 2 de San Martín me fijaron audiencia art. 636 ademas dice proveyendo la prueba ofrecida…CONFESIONAL:en el mismo día fijan audiencia donde el demandado deberá absolver posiciones, nunca me paso que fijen todo el mismo día, por que lo hacen para aprovechar si va el demandado???? Aun los oficios que diligencie no se informaron, la audiencia de vista de causa nada tiene que ver con esto??? Es así¿¿???
Gracias por sus respuestas
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