Hola, esta es la primer consulta que hago por esta via, tambien es mi primer caso de laboral, el caso es el siguiente, una persona trabaja para un comercio en negro 2 anios y medio (no tengo enie en el teclado), la despiden verbalmente en mayo 2009, es decir que ya paso mas de un anio, nunca envio nada y quiere reclamar ahora lo que le deben, no le pagaron ningun tipo de indemnizacion, cobraba 2100 pesos. Mi duda es sobre el telegrama, como ya paso tanto tiempo y la relacion no esta vigente se que no puedo reclamar por la 24013, ni pedir se aclare situacion laboral o aducir negacion de tareas o pedir que se registre, aca les pongo como seria el telegrama para ver si les parece correcto:
Buenos aires, .... de 2010.
Habiendo trabajado en su establecimiento desde .. de 2006 hasta ... 2009, de martes a domingo, 9 hs diarias, no habiendo sido registrado mi contrato de trabajo pese a haberlo solicitado verbalmente en varias oportunidades y frente al despido verbal producido con fecha /// de 2009, intimo a que en un plazo perentorio e improrrogable de dos dias habiles abone dias trabajados de 2009, indemnizacion por antiguedad, sustitutiva del preaviso, integracion mes de despido, vacaciones proporcionales 2009, sac proporcional 2009 e indemnizacion prevista en el art. 1 de la ley 25323, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales a fin de lograr el cobro de lo reclamado conforme LCT y art 2 de la 25323.
Una duda que me queda es se puede reclamar por no haber estado registrado dif. salariales, sal familiar ( porque tiene una hija menor),aguinaldos. Y por ultimo corresponde en este caso tambien solicitar la indemnizacion del art. 45 de la 25345 por no entregar el cert. del 80 de la LCT, lo tengo que poner en el telegrama?
Bueno desde ya que agradezco un monton cualquier comentario al respecto.
Buenos aires, .... de 2010.
Habiendo trabajado en su establecimiento desde .. de 2006 hasta ... 2009, de martes a domingo, 9 hs diarias, no habiendo sido registrado mi contrato de trabajo pese a haberlo solicitado verbalmente en varias oportunidades y frente al despido verbal producido con fecha /// de 2009, intimo a que en un plazo perentorio e improrrogable de dos dias habiles abone dias trabajados de 2009, indemnizacion por antiguedad, sustitutiva del preaviso, integracion mes de despido, vacaciones proporcionales 2009, sac proporcional 2009 e indemnizacion prevista en el art. 1 de la ley 25323, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales a fin de lograr el cobro de lo reclamado conforme LCT y art 2 de la 25323.
Una duda que me queda es se puede reclamar por no haber estado registrado dif. salariales, sal familiar ( porque tiene una hija menor),aguinaldos. Y por ultimo corresponde en este caso tambien solicitar la indemnizacion del art. 45 de la 25345 por no entregar el cert. del 80 de la LCT, lo tengo que poner en el telegrama?
Bueno desde ya que agradezco un monton cualquier comentario al respecto.
