Hola mira te comento , para un juicio por adulterio la prueba que se tiene en cuenta es hijo extramatrimonial o filmacion de uno de los conyugues con un tercero manteniendo relaciones sexuales; porque hay ciertas actitudes impropias referidas por testigos como por ejemplo exhibicion publica con otra persona, no es eficaz para probarlo, sino que la causal subjetiva (art 202 inc 1 CC) debe acreditarce por medios de indicios que creen presunciones graves en el animo del juzgador, una certeza que excluya toda duda razonable, basada en hechos y no meras interpretaciones subjetivas.-
Por lo que me comentas las pruebas que tenes te van a servir, acordate siempre que lo demas configura meras injurias graves, que surge de cualquier especie de actos, intencionales o no, ejecutados por palabras, escritos o hechos que constituyan una ofensa parael /la esposa, atacando su honor, reputacion y dignidad, hiriendo sus justas suseptibilidades.- Espero que te sea de ayuda.- Saludos Silvana