Hola a todos! no soy especialista en laboral y debo calcular una indemnización por despido indirecto por Art 8 ley 24013. mi cliente es el empleador. El viernes 29/10 envía y lunes 01/11 nos llego el primer telegrama solicitando la regularización y reteniendo tareas. Mi cliente no lo va a regularizar. Mis dudas son las siguientes:
Por integración del mes de despido debemos pagarle todo noviembre?
Corresponde agregar el rubro del preaviso en este despido indirecto?
Conviene contestar negando la relación o despedirlo ya?
Gracias!
Por integración del mes de despido debemos pagarle todo noviembre?
Corresponde agregar el rubro del preaviso en este despido indirecto?
Conviene contestar negando la relación o despedirlo ya?
Gracias!
