feragus escribió:EmeErre escribió:Hola. Te notifican la concesion por cedula y si te lo conceden y no aportaste copias, te intiman a que las acompanes conforme el 443, pero esto depende del Depto. Judical. Saludos.-
En penal también hay que aportar copias? No sabía.-
Asi esssss!!!... Aunque esto sea locooo... Tenes que armar el escrito de apelación con un sumario previo donde hace constar todas las copias documentales que ingresas, es decir, notificaciones, resoluciones, testimoniales, etc., y todas ellas beden estar juramentadas por el cuervo... Lo lógico sería que sea el propio expte de garantías el cual deba elevarse a la Cámara de Apelaciones Departamental al momento de la concesión del recurso.. pero noooo... vos aportas todooo... Y ni hablar si te faltan copias fundamentales para armar el recursooo...