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  • Muerte del Empleador: Donde presento la demanda?

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 #639839  por juancruzachaval
 
Hola a todos, la cuestión es que el patrón de mi cliente falleció: quiero reclamar la indemnizacion del Art. 248 LCT.

El Administrador judicial provisorio del sucesorio se presentó unilateralmente ante la Dirección de trabajo para liquidar ese rubro (osea, él es la parte actora del expediente administrativo).

Lo citan a mi cliente, pero al mostrarle la liquidación están liquidándole menos de lo que le corresponde.

Y aquí empiezan mis dudas: fracasa la etapa de mediación previa y tengo expedita la via para el reclamo judicial. Dónde lo hago?

Me presento al sucesorio en calidad de acreedor del causante? (me estan corriendo los 30 días de emplazamiento) o presento la demanda en el fuero laboral y que dicha demanda después sea atraída por el sucesorio?

Gracias por su ayuda.
 #640558  por GU
 
Si es en el ambito de la Capital, la demanda debe presentarse en el fuero laboral. Creo que en provincia tambien, pero no litigo (practicamente) en provincia por lo que convendria que lo ratifique alguien.

"ARTICULO 25. - Juicios Universales. En caso de muerte, de quiebra o de concurso civil del demandado o quien hubiere de serlo, los juicios que sean de competencia de los tribunales del trabajo se iniciarán o continuarán ante este fuero, con notificación a los respectivos interesados o representantes legales."

Sin perjuicio de lo expuesto, yo me presentaria en la sucesion, pondria en conocimiento del juez que interpuse demanda contra el causante denunciando los datos del expediente.

Salutes!