Hola Colegas, les planteo esta situacion: un empleada a principios de año se considera despedida por cambio de horario y lugar, el empleador le contesta que debe presentarse a trabajar. Luego de un intercambio telegrafico a mediados de año la empleada se presenta para la conciliacion obligatoria y no arreglan. El empleador como no llego la demanda aun la tiene de alta en AFIP, y por consiguiente en el f. 931, en los items de valores pone 0,01.
Quienes tengan experiencia en este tipo de casos podrian por favor aconsejar, 1)esta bien mantenerla de alta en Afip hasta que concluya un eventual juicio, 2)intimarla a que se presente a trabajar caso contrario considerar abandono de trabajo respecto a la fecha de iniciada las inasistencias, 3)Solucion no planteada aqui
Desde ya muchas gracias
Quienes tengan experiencia en este tipo de casos podrian por favor aconsejar, 1)esta bien mantenerla de alta en Afip hasta que concluya un eventual juicio, 2)intimarla a que se presente a trabajar caso contrario considerar abandono de trabajo respecto a la fecha de iniciada las inasistencias, 3)Solucion no planteada aqui
Desde ya muchas gracias
