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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #644651  por ccolalongo
 
Te cuento que hoy se hizo finalmente la audiencia fue oral en el tribunal, el colegio sostiene en su postura que por mas que el recibo de sueldo, la tarea y todo sea DOCENTE, los servicios son "COMUNES" y se niegan de plano a firmar cualquier certificación de servicios como pide ANSES; la parte está tremendamente mal ya con licencia psiquiatrica y obviamente que no puede volver a trabajar, el RECO en ANSES ya va por la secuencia 3 y ya mandan un verificador para que cargue el caracter de los servicios de oficio y se terminó, igualmente la jueza anonadada al ver todo lo que pasó en la audiencia -muy violenta por cierto y no se está pidiendo un centavo solo que hagan la certificación con caracter de servicios como pide ANSES por escrito- abrió la causa a prueba.

Los otros colegios donde trabajó hicieron las certificaciones bien sin ningún problema y está todo cargado, solo falta éste colegio que se sigue negando de plano: detalle es un colegio confesional. Obviamente que ésto termina en despido indirecto ya con todos éstos antecedentes, y realmente ya dudo como me saldrá resuelto el amparo, espero que la jueza piense "in dubio pro operaio".

Mientras tanto ahora tengo la lucha con la DIPREGEP y el IPS para que me acepten hacer un RECO sin "telegrama de renuncia y aceptación" ya que NO TENGO FECHA DE CESE Y NO HAY RENUNCIA (ni va a haber); la caja otorgante sin dudas es ANSES que ya tiene todo y me está pidiendo "EL RECO DE IPS Y ARRANCAMOS"; ¿alguién hizo ya RECO de IPS (tiene 16 años docentes en DIPREGEP)? Gracias!!!
periquita escribió:hola ccolalongo
¿Cómo te fue en la audiencia el 8/10?

ccolalongo escribió:Tengo el siguiente caso: una docente (58 años, 30 años de aportes con 25 docentes al frente de grado en ANSES y 14 en IPS) con licencia psiquiatrica y un amparo por certificación de servicios que tuve que presentar porque no hicieron el aporte diferencial del 2% y le entregaron la certificación de servicios con servicios comunes y no me toman el tramite para jubilacion docente (57 años). Para el ámparo tengo audiencia el 8/10 ya que el empleador se niega a hacer la certificación de servicios y no cumple ni requerimiento de ANSES, ni conciliación en el Ministerio de Trabajo (un tema aparte).

El problema viene aca: para el ANSES una vez que tiene los servicios acreditados y la edad la jubila sin más trámite y no importa nada más. ¿¿?? En el IPS para hacer el reconocimiento de servicios ya que el rol de caja lo tiene ANSES me piden un "cierre condicionado de cómputos" y un "telegrama de renuncia y aceptación" para "cuando vaya a cesar" el tema acá es que estando el ámparo y toda la situación grave NO HAY FECHA de CESE porque obviamente que con ésta situación tiene más que probadas las injurias graves para considerarse depedida que es lo que va a hacer. ¿Y si toma esa fecha como cese? ....
¿Cómo lo resolverían? ¿Saben como hacer un reconocimiento de servicios en IPS como se hacen los de ANSES o parecido? Sí, es parecido pero no son los mismos formularios y requisitos.
Gracias!
 #646517  por maritena
 
Kiara escribió:Hola, tengo mi estudio en La Plata y me especializo en jubilaciones docentes, cualquier duda consulten.
Kiara, capaz que me podés ayudar.
Tengo un caso de un cliente que fue docente universitario y obtuvo la jubilación por la ley 18037 con la opción de continuar en actividad según art. 66.
Luego presenta cesación de servicios en marzo del 98 y solicita el reajuste del haber, ya por 24241. La resolución transforma la jubilación en ordinaria total, computa los servicios presentados solo al 14/07/94 (24241) y rechazan el reajuste por no favorecer el determinado por ley 24241 al 14/07/94, ni el que hubiera correspondido de percibir la transformación de beneficio según 24241.-
Yo había iniciado el reajuste de haberes, sólo presenté la demanda sin correr traslado y el cliente me consulta ahora por la nueva ley 26508. ¿Debería solicitar por las actividades desempeñadas al cese en marzo del 98 o las originarias al iniciar el trámite de jubilación?
¿Yo podría continuar con el reajuste por los períodos anteriores a que le trans formen a la nueva ley? . ¿Hice bien en plantear el reajuste por 18037?. Gracias Maritena
Miembro

Posts: 1
Registrado: Vie Nov 12, 2010 7:12 pm
 #647169  por npmj
 
Buen dia!
Tendria que hacer una pension por fallecimiento de docente. Todavia no me alcanzaron ninguna documentacion, pero por lo que me dijeron ya tienen reconocidos los años aportados en el ANses y faltan los años aportados a provincia. Nunca hice este tipo de pension, por donde tendria que empezar? Que documentacion le pido? Fui al OCnsejo Escolar de Moron pero no me quisieron dar ningun tipo de información. Te agradeceria cualqier informacion,
Mariana
 #647344  por periquita
 
npmj escribió:Buen dia!
Tendria que hacer una pension por fallecimiento de docente. Todavia no me alcanzaron ninguna documentacion, pero por lo que me dijeron ya tienen reconocidos los años aportados en el ANses y faltan los años aportados a provincia. Nunca hice este tipo de pension, por donde tendria que empezar? Que documentacion le pido? Fui al OCnsejo Escolar de Moron pero no me quisieron dar ningun tipo de información. Te agradeceria cualqier informacion,
Mariana
Si falleció trabajando para el IPS, ésa sera la Caja Otorgante.
Era colegio privado o público? Es distinto el trámite a seguir.
Saludos
 #648017  por npmj
 
Lo que tenemos en claro es que trabajaba para 2 escuelas privadas, pero anteriormente sabemos que trabajo para otras escuelas pero el marido no tiene idea de donde... Como tendría que hacer para averiguar las escuelas en donde trabajo?
 #648066  por periquita
 
npmj escribió:Lo que tenemos en claro es que trabajaba para 2 escuelas privadas, pero anteriormente sabemos que trabajo para otras escuelas pero el marido no tiene idea de donde... Como tendría que hacer para averiguar las escuelas en donde trabajo?
Si él no sabe a quién le vas a preguntar??? Acudí a alguna amiga, colega o familiar
No contestás si falleció trabajando. Eso cambia los trámites.
En los dos últimos colegios cuántos años trabajó?
Con datos incompletos por más que quiera no te puedo orientar.
 #648628  por glorieta
 
!! Hola Periquíta!!
¡¡formidable tu cooperación para todos !! maravillosa manera de compartir tus conocimientos!! Necesito ayuda:
persona con 68 años y 8 meses edad + 11 años 8 meses docente colegio privado aportados Anses + moratoria autónomos 9 años 8 meses
¿Está en condiciones de jubilarse como docente? ¿cuando? Cobra 82% ?
Gracias Periquita por tu pronta rpta; tenés razón así se benefician todos
 #648695  por periquita
 
glorieta escribió:!! Hola Periquíta!!
¡¡formidable tu cooperación para todos !! maravillosa manera de compartir tus conocimientos!! Necesito ayuda:
persona con 68 años y 8 meses edad + 11 años 8 meses docente colegio privado aportados Anses + moratoria autónomos 9 años 8 meses
¿Está en condiciones de jubilarse como docente? ¿cuando? Cobra 82% ?
Gracias Periquita por tu pronta rpta; tenés razón así se benefician todos
Gracias nuevamente por tus palabras.....Parece que en el Foro no somos muchos los que opinamos sobre docentes... :lol:
Faltan algunos datos:
Es varón o Mujer?
Todos su aportes son esos 2 períodos?
En qué años son los aportes docentes y en qué jurisdicción?
Son en Primaria o Secundria?

En principio no podría jubilarse si no regulariza con moratoria los años de aportes que le faltan para cualquier Caja que le toque.
 #648900  por glorieta
 
Gracias Periquita!!

Mujer; aporte a Anses desde marzo 1999 a la fecha. Cargo directivo en extraprogramatica,en escuela privada reconocida de provincia Bs As, sus aportes en Anses figuran en el regimen especial docente en esos años. En este caso la excedencia de edad se acredita? si así fuera estaría en condiciones? de no ser así ¿cabría otra moratoria? Gracias Periquita!
 #648917  por periquita
 
glorieta escribió:Gracias Periquita!!

Mujer; aporte a Anses desde marzo 1999 a la fecha. Cargo directivo en extraprogramatica,en escuela privada reconocida de provincia Bs As, sus aportes en Anses figuran en el regimen especial docente en esos años. En este caso la excedencia de edad se acredita? si así fuera estaría en condiciones?
Mucho temo que que no pueda jubilarse como docente. En el recibo de sueldo, además del 11 % de jubilación ¿le descuentan el 2 % del Decreto 137/05?
de no ser así ¿cabría otra moratoria?
No te puedo contestar porque no respondiste ni la 2ª ni la 4ª pregunta del post anterior
Gracias Periquita!
 #648936  por glorieta
 
Hola periquita!
Sí tiene descuento de 11 + 2% desde 2005 creo. En Anses figura como bajo regimen docente desde 1999. Cargo directivo en extraprogramatica nivel inicial-primaria-secundaria.
Gracias!
 #648951  por periquita
 
Hola

Es raro que los extraprogramáticos aporten el 2 %, si es así, seguramente podrá jubilarse como docente. Tiene los 10 años mínimos que requiere ANSES.

Volviendo a tu pregunta original
¿Está en condiciones de jubilarse como docente? ¿cuando? Cobra 82% ?

Te diría que sí, está en condicines porque la edad le sobra pero tendrá que completar los años faltantes si es que sólo tiene 21 y pico que señalás (No lo confirmaste, no contestaste la 2ª pregunta)
Ya puede iniciar los trámites para el reconocimiento en el IPS, previa pasada por la DIPREGEP ( + de un año)
Cobrará el 82 % del último haber.
 #648961  por glorieta
 
Gracias Periquita!!
Ok a todo; Sí , son sus únicos aportes. El tema es que los aportes docentes fueron a Anses (de alli la diferenciación por extraprogramatica) de modo que la caja aportante será Anses, dónde se jubilaría como docente ¿ es así?
¿en estre caso corre la excedencia de edad? Esto es importante, porque de ser así creo que nos ahorraríamos nueva moratoria. Si es así ¿ cuando iniciar trámite? saludos Periquita y muchas gracias!!
 #648964  por periquita
 
glorieta escribió:Gracias Periquita!!
Ok a todo; Sí , son sus únicos aportes. El tema es que los aportes docentes fueron a Anses (de alli la diferenciación por extraprogramatica) de modo que la caja aportante será Anses, dónde se jubilaría como docente ¿ es así? Afirmativo.
Me corrijo en lo que te puse antes, la docente no tiene aportes al IPS, no tiene que hacer reconocimiento. Sí tendrá que llevar la planilla del Suplemento Docente a firmar por el Dr. Mendy a DIPREGEP, a La Plata.

¿en estre caso corre la excedencia de edad?
Sí, pero luego de prorratear la edad requerida, que será 58 y pico.
Esto es importante, porque de ser así creo que nos ahorraríamos nueva moratoria.
Es probable que estés cerca, o te falte sólo un par de meses de trabajo. Hace bien el cálculo.
Si es así ¿ cuando iniciar trámite? En cuanto tenga cumplido el requisito de los aportes requeridos. Si el cálculo te da, ya podés iniciarlo. saludos Periquita y muchas gracias!!
 #648971  por glorieta
 
!!Gracias Periquita!!!
Muy bueno tu acompañamiento!! Me queda una pregunta
¿ la presentación a DIPREGEP, se hace antes de iniciar el trámite? Esto quiere decir que se iniciaría con el reconocimiento y el cobro del 82% será automático?
Nuevamente mi agradecimiento en nombre de tantos los que nos hemos beneficiado con tus generosos aportes!!
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