Hola . tengo una tia que me crio y mi tio fallecio el mes de julio de este año, ellos estaban separados por el 67 bis (ambos culpables por injurias, con reserva de alimentos para mi tia y mis primos, la resolucion de separacion es del año 1965, despues de esa resolucion ellos (mis tios) se reconcilian hasta el año 1971, ahi mi tia se entera que mi tio tenia una relacion con su amante y esta estaba embarazada, con su amante mi tio tiene una hija pero no la reconocio . Luego , mi tio se separa de su amante y comienza una relacion con su ultima concubina, con la que estuvo hasta que mi tio fallece. Esta señora ya presento en anses para la pension y le salio favorable. Ahora presento mi tia(para que le otorgen el 50% de la pension )(que es la esposa y que estan separados por el 67 bis ) y mi tia fue con la verdad y presento como separada de hecho. Porque tenia los dos estados separada judicialmentepor el 67 bis y como despues se reconcilia comn mi tio y se vuelve a separar en el año9 1971, quedaria como separada de hecho y asi presento para la pension. FORISTAS, Uds. que saben, saldra favorablemente la pension de mi tia- un beso a todos. mariasol
Hola: ¿presentó pruebas de la reconciliación en el expediente judicial? ¿se casaron nuevamente?
Porque una breve reconciliación de hecho, que no hubiera durado en el tiempo no le da el carácter de cónyuge separada de hecho, porque si no se homologó esa situación por el juez ni se casaron otra vez, al separarse nuevamente, y desde hace tantos años, perdió todo derecho.
Salvo en este caso, en que la separación es por culpas concurrentes, si se reservó el derecho a pensión en forma precisa en el expediente, o si se volvió a casar, porque de lo contrario esa unión temporal, sería un breve concubinato que no cambia el estado civil ni el vínculo, para mi, no sería esposa separada de hecho si el estado civil es separada por 67 bis. ¿el acta que presentó tiene la anotación marginal de divorcio? saludos
