La Jurisprudencia and la denominada Doctrina de Argentina es contraria (salvo el caso que le mencione) al ebrio que ejecuta una conducta de las denominadas típicas. Ahora, el que se supone estaba desarmado (puede ser un discapacitado, pero, mientras uno tiene un cuchillo, él tiene un revolver en condiciones de tiro, y podría usarlo y matar). Ahora, si no se realizó la prueba cientifica, entiendo, con expresar "que el imputado tenía olor etílico", no alcanza. ¿Por qué....?, entre otras cuestiones por el beneficio de la duda (hay testimonios, indicios...., pero no hay prueba). Ahora (interesante cuestión): ¿qué pasa cuando el que estaba en estado de ebriedad era la supuesta víctima.....? ¿se aplica la misma doctrina.....? ¿o esa doctrina solo resultaría aplicable al imputado/a......?
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Saludos.
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