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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #651870  por LAURI2010
 
Hola foristas soy bastante nueva en la materia previsional y tengo varias dudas,es mi primer caso de retiro por invalidez transitoria, y el dia 25/11 la comision medica nº 11 - 48,78 % de incapacidad.-
Voy a apelar ese dictamen, pero como nunca me toco un caso asi, nose si hay que fundarlo o seguir alguna linea que dada la instancia de llegar a camara me pueda beneficiar, si tenes algo, que me pueda servir agradezco la ayuda de udes, modelo, o consejos que me puedan dar...

Con respecto al procedimiento de la ley 24241, plazos de apelaciones,
Tengo 5 dias HABILES para presentar recurso ante la comision medica nº 11 que la que emitio el dictamen desfavorable para que la eleve a la CMC?

Una vez que Resuelve la CMC, como continua el procedimiento? me adelanto a preguntar esto porque leyendo la ley me genera dudas
LA LEY DICE QUE : "Las resoluciones de la comisión médica central serán recurribles por ante la Cámara Nacional de Seguridad Social", pero luego en el procedimiento que detalla establece "La comisión médica central elevará las actuaciones a la Cámara dentro de las 48 horas de concluido el plazo para interponer la apelación". y AHI ME SURGEN dudas, cuando la CMC emita la RESOLUCION, donde presento mi nueva apelacion? en que plazos? en la CMC en un plazo de 48 hs de recibida la resolucion para que ella la remita a la Camara?... ahi se me queman los papeles, no me resulta nada clara la ley, con los plazos ni en presentaciones.-

Agradezco a todos los forista que puedan colaborar, en modelos, consejos, y detallarme e procedimiento bien de la 24241, muchas gracias nuevamente a todos, espero respuestas ansiosa ya que me corre el plazo y es mi primer caso.-
Saludos
 #651925  por LAURI2010
 
necesito ayuda, para comenzar con esto alguien que pueda colaborar.. por favor-- gracias!!!
 #652006  por fabidoc
 
Una vez que dictamina la Comisión Médica Central, generalmente confirmando el dictamen de la comsión médica, tenés 5 días para prresentar la apelación ante dicha Comisión( yo lo fundamento, pero no es indispensable). Ellos lo remiten a la Cámara de la Seguridad Social y luego, a veces tarda meses, citarán al cliente al cuerpo médico forense, quien emite nuevo dictámen. Luego traslado por 10 días.
Tenés todo el procedimiento en la ley y material en el foro.
 #1086928  por cober
 
Hola, les consulto por un caso donde inicie retiro por invalidez y tanto en comisión médica local (Mar del Plata) y comisión mèdica central no le otorgaron a la parte el 66% de incapacidad.- La duda es si debo apelarlo a la camara federal de la seguridad social o puedo esperar la resolución de Anses e iniciar demanda en el Juzgado Federal local?.- En caso de ser si o si la apelación ante la Cámara Federal como debo presentar el recurso(en Comisión médica Central o podria presentarlo en la Comisión médica local?, debo constituir domicilio en CABA?).- Muchas gracias