[quote="danigross1"]COLEGAS, SE DECLARO ABSTRACTA LA CUESTION Y SE IMPUSO COSTAS POR EL ORDEN CAUSADO, LA OTRA PARTE RECURRIO Y LE HICIERON LUGAR CON RESPECTO A LAS COSTAS, O SEA SE LE IMPUSO LA TOTALIDAD DE LAS COSTAS A MI CLIENTE, QUE OPINAN, QUE DEBERIA HACER? SI PIDO EL BENEFICIO PARA LITIGAR SIN GASTOS PARA MI CLIENTE (CUMPLE CON TODOS LOS REQUISITOS) Y ME LO CONCEDEN, QUE PASA CON LAS COSTAS, OTRA PREGUNTA DENTRO DE LAS COSTAS ESTAN INCLUIDOS LOS HONORARIOS PROF? PORQUE YO QUIERO EVITAR QUE MI CLIENTE PAGUE LOS HONORARIOS DEL OTRO ABOGADO.[/quote]
No te suena costes y costas! Con el beneficio sólo se salvo de los gastos del juicio no de los honorarios.-
Si reconoció al hijo antes de iniciarse la demanda, no corresponde que cargue con las costas; si lo reconoció después, dio lugar al juicio, carga con las costas.-
El beneficio de litigar sin gastos sólo te cubre para los gastos del juicio, no para los honorarios, sino el abogado no sigue el juicio; pues es su trabajo litigar y debe ser recompensado.-
Sé que pones cuando respondo que no te sirve mi respuesta, pero por más vueltas que des es así jurídicamente.-
El reconocimiento es un acto jurídico familiar unilateral, es una obligación del padre biológico de reconocer a su hijo.-