Les hago una consulta tengo un proceso en el que se despidio al actor medicnte una cd que decia a partir del dia de al fecha cesa nuestra relación comercial, al ver la intención de la empresa de transgiverzar las cosas intime regularización, ahora bien tienen alguna jurisprudencia en que digan que el despido no fue valido porque se refirieron a la terminacion de una relacion comercial. Para mi tendria que ser procedentes las multas porque la empresa no extinguió el vinculo laboral .---
y como seguia el teelgrama? pusieron liquidacion final y ceertific a disposcion?
despues dee so tu cliente fue a trabaajr y le negaron entrada?
si bien parece q lo redactó un carnicero, habria ver bien los efectos y el texto completo. En principio relacion comercial es una cosa, ya que el y el trabajor podian tener un negocito paralelo que estaban extibnguiendo... pero el principio de la primacia de la realidad es un principio del derecho del trabajo, no del trabajador.
Pero bueno puede ser interesante.
