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  • Traslado de demanda laboral.

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 #655112  por jgabrielm
 
Colegas:

Ante todo les pido disculpas por lo quizas basico de la pregunta, pero es mi primer traslado de demanda.
El primer proveido luego de la presentacion del escrito de demanda, me dice "de la accion instaurada traslado a la demandada por el termino de 10 dias, bajo apercibimiento de rebeldia".
Entiendo que esos 10 dias son el plazo para que el demandado conteste la demanda, pero, ¿yo tengo algun plazo perentorio para realizar el traslado, o no hay un plazo establecido para ello?
Les hago esta consulta porque cuando lei "traslado por 10 dias" dude si los 10 dias eran para que el demandado conteste o para que yo realice el traslado.

Tengo cero experiencia en procuracion, y espero me puedan aconsejar.

Saludos y gracias.

Gabriel.
 #655124  por celso
 
Si es en capital no tenes que hacer nada ellos hacen la cedula y todo lo demas, incluso de la contestacion de la demanda te van a dar traslado y tenes tres dias desde que la recibas para contestar la contestacion digamamos pero vos no haces nada. ahora si es en pcia es otra historia, salvo que sea en la misma jurisdiccion del juzgado laboral.
 #655208  por jgabrielm
 
La jurisdiccion es Pcia. de Bs. As. y debo notificar en un domicilio fuera del radio del juzgado.
Ya averigue y debo realizar la cedula, hacerla sellar en el tribunal, y diligenciarla junto a las copias de demanda y documental.
La pregunta apunta al plazo, es decir ¿tengo un plazo para presentar la cedula y hacer el traslado o no?.

Saludos y gracias.

Gabriel
 #655338  por Catita_1
 
No, no tenes plazo.
*abrazo*