Voy a hacer afirmaciones de muyy joven abogado. Para estar seguro nomás, vió: - pcia de buenos aires-
1.- Tenemos un auto de apertura a prueba que indica un plazo de 30 días.-
Este plazo comienza a correr una vez que estén notificadas todas las partes.-
2.- El ofrecimiento de las restantes pruebas en un juicio de conocimiento se hace dentro de los diez días posteriores de la última notificación.-
3.- El planteo de un hecho nuevo suspende plazo probatorio.-
Esta suspensión debe constar en un proveído.-
Ahora sí, les agradezco si me lo visan..
1.- Tenemos un auto de apertura a prueba que indica un plazo de 30 días.-
Este plazo comienza a correr una vez que estén notificadas todas las partes.-
2.- El ofrecimiento de las restantes pruebas en un juicio de conocimiento se hace dentro de los diez días posteriores de la última notificación.-
3.- El planteo de un hecho nuevo suspende plazo probatorio.-
Esta suspensión debe constar en un proveído.-
Ahora sí, les agradezco si me lo visan..