Hola estimados foristas! Apreciaría mucho vuestra colaboración. No me dedico mucho a esto pero les cuento cual es el caso:
Mi cliente compra una auto embargado, sin saber que lo estaba obviamente, se entera cdo el gestor que le estaba por hacer la transferencia pide un informe de dominio antes de presentar el 08, ya que con buen criterio le pareció extraño el tiempo pasado entre la vta y la firma del 08. El informe dice que estaba embargado, ahí aparezco yo, ya que me lo trae al caso y cdo investigo al vendedor tenía otros 5 juicios ejecutivos, por lo que para salvarle el auto de otros embargos, hicimos una pago por subrogación, en el juicio en el que se había decretado el embargo y lo levantamos urgentemente! Ahora que tiene el auto a su nombre, entre en la duda para saber que es lo que más le conviene, si formular denuncia penal por estelionato y constituirse coo particular damnificado y/o actor civil, o solo hacer la demanda civil, porque entré en un bache sin saber para donde salir disparada, porque temo que que el hecho de ser ahora el actor subrogante le haya hecho perder la posibilidad de reclamar civilmente daños!
Un detalle importante es que el agenciero que vendió el auto y el que en el boleto de compravta figura coo intermediario, sabía del estado del vehículo, además firmo en el 08 coo testigo de conocimiento del vendedor! ¿Esto es relevante para demostrar su responsabilidad? Aclaro que en el 08 no denunciaron el embargo!
Desde ya agradezco respuestas!
Mi cliente compra una auto embargado, sin saber que lo estaba obviamente, se entera cdo el gestor que le estaba por hacer la transferencia pide un informe de dominio antes de presentar el 08, ya que con buen criterio le pareció extraño el tiempo pasado entre la vta y la firma del 08. El informe dice que estaba embargado, ahí aparezco yo, ya que me lo trae al caso y cdo investigo al vendedor tenía otros 5 juicios ejecutivos, por lo que para salvarle el auto de otros embargos, hicimos una pago por subrogación, en el juicio en el que se había decretado el embargo y lo levantamos urgentemente! Ahora que tiene el auto a su nombre, entre en la duda para saber que es lo que más le conviene, si formular denuncia penal por estelionato y constituirse coo particular damnificado y/o actor civil, o solo hacer la demanda civil, porque entré en un bache sin saber para donde salir disparada, porque temo que que el hecho de ser ahora el actor subrogante le haya hecho perder la posibilidad de reclamar civilmente daños!
Un detalle importante es que el agenciero que vendió el auto y el que en el boleto de compravta figura coo intermediario, sabía del estado del vehículo, además firmo en el 08 coo testigo de conocimiento del vendedor! ¿Esto es relevante para demostrar su responsabilidad? Aclaro que en el 08 no denunciaron el embargo!
Desde ya agradezco respuestas!