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  • Estelionato: Denunciar y ser actor civil ¿qué conviene?

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 #657569  por lorepao
 
Hola estimados foristas! Apreciaría mucho vuestra colaboración. No me dedico mucho a esto pero les cuento cual es el caso:
Mi cliente compra una auto embargado, sin saber que lo estaba obviamente, se entera cdo el gestor que le estaba por hacer la transferencia pide un informe de dominio antes de presentar el 08, ya que con buen criterio le pareció extraño el tiempo pasado entre la vta y la firma del 08. El informe dice que estaba embargado, ahí aparezco yo, ya que me lo trae al caso y cdo investigo al vendedor tenía otros 5 juicios ejecutivos, por lo que para salvarle el auto de otros embargos, hicimos una pago por subrogación, en el juicio en el que se había decretado el embargo y lo levantamos urgentemente! Ahora que tiene el auto a su nombre, entre en la duda para saber que es lo que más le conviene, si formular denuncia penal por estelionato y constituirse coo particular damnificado y/o actor civil, o solo hacer la demanda civil, porque entré en un bache sin saber para donde salir disparada, porque temo que que el hecho de ser ahora el actor subrogante le haya hecho perder la posibilidad de reclamar civilmente daños!
Un detalle importante es que el agenciero que vendió el auto y el que en el boleto de compravta figura coo intermediario, sabía del estado del vehículo, además firmo en el 08 coo testigo de conocimiento del vendedor! ¿Esto es relevante para demostrar su responsabilidad? Aclaro que en el 08 no denunciaron el embargo!
Desde ya agradezco respuestas! :D :shock:
 #657579  por lorepao
 
Hola Pandilla, gracias por contestar! Repetir ya no contra vendedor porque mi cliente es ahora actor en el juicio donde se trabó el embargo y el vendedor es demandado! Pero como este no tiene bs a su nombre salvo derechos herederitarios (aunque lo sé extraoficialmente porque todavía no se inició la sucesión) quería ver todas las opciones con claridad ya que en mi opinión el agenciero es responsable también, y quizás a través de la denuncia penal, en la que quedarían los dos involucrados, era una manera más viable para encausar el tema de los daños!
 #657583  por Pandilla
 
Si posiblemente podrían usar la Denuncia Penal a manera de presión. Ahora, si el agenciero sabía del embargo, entiendo, tenía que haber informado de eso a su cliente; pero, ¿podría ser ajeno a la maniobra del vendedor.....?
Tal vez, le sería de utilidad consultar también en el Foro de Derecho Civil-Comercial.

Saludos.
 #663540  por jack011019
 
Lamentablemente en el fuero penal ya se sabe que le dan poca bolilla a los delitos "sin sangre". Por lo que por ese va muerto y especialmente si no va como particular damnificado (si es Pcia). Ref/a los derechos hereditarios, directamente iniciaría la sucesión por subrogatoria y le embargaría la porción hereditaria, y continuaría los trámites sucesorios. Yo hice así varias veces, y aunque es lento es seguro. Ref/al agenciero, puede fácil zafar del penal. Puede aducir falta de conocimiento o engaño cuando suscribió el dto. Fíjese si de algo le sirvió