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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #659001  por valeria99
 
hola, queria consultar por una herencia de una mujer fallececida hace 10 años, tiene cuatro hijos, uno fallecio hace un mes y tenia sindrome de dawn. Recien ahora los hermanos se harian cargo de una deuda hipotecara de una casa y en consecuencia la heredarian. El problema es que el padre de este hijo discapacitado dice que a el le corresponde la parte de su hijo fallecido, este hombre no era casado con la fallecida, es mas esta ahora casado con otra señora.
la pregunta es, le corresponde a el esa parte? desde que argumento legal?
 #659045  por santiheladero
 
si no estaba casado con la causante no hereda nada, y nunca el conyuge representa a los hijos, sino que concurre en ellos en tal caso. La representacion opera en caso que el hijo prefallecido a su vez tenga hijos, o sea nietos de la causante,.
 #661071  por valeria99
 
En que parte del codigo civil me tengo que fijar ya que debo defender la causa y en realidad lo que encuentro es que debe heredar en partes iguales con los hijos. Y además este tipo quiere quedarse con todo.
Gracias
 #661084  por msal
 
valeria99 escribió:En que parte del código civil me tengo que fijar ya que debo defender la causa y en realidad lo que encuentro es que debe heredar en partes iguales con los hijos. Y además este tipo quiere quedarse con todo.
Gracias
Si era el padre, hereda, sin importar si estaba casado con la madre. En primer lugar tenes que diferenciar las dos sucesiones que deben abrirse. La de la madre, y la del hijo. En cuanto al sucesorio de la madre, el hijo, al fallecer la madre, hereda su parte al igual que cada uno de sus otros tres hermanos. En esa sucesión, el padre no hereda por que no estaba casado. Solo podría pedir alguna recompensa, si demuestra que el aportó plata para mejorar la vivienda, etc.
En cuanto a la sucesión del hijo que falleció hace un mes, la parte que él había heredado en la sucesión de su madre, pasa al padre, ya que este por el orden sucesorio excluye a sus hermanos. Se aplica así, el orden de preferencia por líneas, en donde el padre desplaza a los hermanos. Como el hijo fallecido no tenia descendencia, ni cónyuge, hereda el padre. (art. 3567 y 3568 CC).
En definitiva, según lo que entendí de lo que expusiste, el padre tiene razón, el hereda al hijo fallecido en el proceso sucesorio de este. Pero no por el derecho de representación establecido en el art. 3549CC. Este derecho no tiene nada que ver en tu caso. El argumento legal que el tiene es que al ser padre tiene vocación legitima imperativa. Al tener derecho a la legitima (heredero forzoso) no puede ser excluido (art. 3598CC) ni siquiera a través de un testamento (salvo que existan causales de desheredación o indignidad).
Conclusión: En mi opinión, la casa hoy sería de los tres hermanos sobrevivientes por haber heredado cada uno su porción en la sucesión de la madre, y una porción del padre, por haberla heredado posteriormente, en la sucesión de su hijo fallecido.
Por las dudas, espera a ver si alguien más opina distinto, y perdoname si no fui muy claro. Suerte.
 #661987  por valeria99
 
Muchas gracias , me va a servir, además quiero agregar que el padre que esta reclamando la herencia ya hace alrededor de 10 años un año de que muriera la madre de los chicos, vendió una casa que estaba al nombre de la difunta, y se quedo con la plata y no repartión con los herederos, esto puede ser una forma de sacar la legitimidad, como para que no reciba la herencia?, además a la hija la dejó a los 14 años. Estuve viendo el codigo civil y se me esta haciendo dificil fundamentar la forma de que esta persona no reciba nada. Ya que esta intentando que estos chicos le corresponda menos que lo que en verdad pueden recibir.
Saludos
 #661991  por agentil
 
valeria99 escribió:Muchas gracias , me va a servir, además quiero agregar que el padre que esta reclamando la herencia ya hace alrededor de 10 años un año de que muriera la madre de los chicos, vendió una casa que estaba al nombre de la difunta, y se quedo con la plata y no repartión con los herederos, esto puede ser una forma de sacar la legitimidad, como para que no reciba la herencia?, además a la hija la dejó a los 14 años. Estuve viendo el codigo civil y se me esta haciendo dificil fundamentar la forma de que esta persona no reciba nada. Ya que esta intentando que estos chicos le corresponda menos que lo que en verdad pueden recibir.
Saludos
BUENO SI VENDIÓ LA CASA Y LA MUJER DEJÓ QUE HAGA LO QUE QUIERA CON LA PLATA VOS NO PODÉS HACER NADA. ENTIENDO QUE NO TENES FORMA DE SACARLE LA LEGITIMA, SALUDOS!!
 #662077  por viko
 
Valeria:
Msal te dio la respuesta acertada. No tiene nada que ver con el derecho de representacion tu caso.
y qu yo sepa no hay forma de "sacar la legitimdad"
alguna causal d indignidad o o desheredacion?
saludos