Tengo la siguiente duda: en un daños que inicie tengo que meter el beneficio de litigar, pero surge la duda si tengo que pagar el bono y el ius, es asi??
BATUCHI escribió:No. Pedí que te permitan litigar sin gastos hasta tanto se te conceda el beneficioEso pense yo!!!! Gracias!
sebastianmss escribió:Tengo la siguiente duda: en un daños que inicie tengo que meter el beneficio de litigar, pero surge la duda si tengo que pagar el bono y el ius, es asi??El pago del bono ley 8480 y el anticipo del ius previsional son obligaciones del abogado, y no del cliente. Por lo tanto, deben ser abonados, aún en caso de litigar sin gastos.