Hola amigos/colegas.
He tratado de encontrar en el foro un caso similar pero no lo encontre.
Tengo el caso de un señor que fallecio. Todavia tengo el tramite de jubilacion en cod.15.
La pregunta es: Tengo que esperar que salga aprovada la jubilacion para iniciar la pension o debo presentar ahora los datos de la viuda en el ANSES?
Gracias.
Raul.
He tratado de encontrar en el foro un caso similar pero no lo encontre.
Tengo el caso de un señor que fallecio. Todavia tengo el tramite de jubilacion en cod.15.
La pregunta es: Tengo que esperar que salga aprovada la jubilacion para iniciar la pension o debo presentar ahora los datos de la viuda en el ANSES?
Gracias.
Raul.