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  • Notificacion incidente de cese de cuota alimentaria

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #662076  por doquienapuros
 
Estimados foristas, mi consulta es la siguiente: tengo un alimentos iniciado en Pcia. Bs. As. alla por el año 1994, en tanto los alimentados han cumplido la mayoria de edad, iniciamos el cese de cuota alimentaria y levantamiento del embargo sobre los haberes de mi cliente x incidente, ahora me ordenan correr traslado a la contraria. notifiquese. La duda es si la notificacion se realiza en el domicilio real de la contraria (Que por su parte denuncio en el principal) o en el domicilio que la contraria tiene constituido en el expediente de alimentos?? Espero puedan ayudarme, desde ya muchas gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #663558  por Tiburcio
 
Intenta notificarle al constituido.
Por otro lado, no es necesario tramitar el cese. Toda la jurisprudencia dice que es automático y que no debe promoverse incidente alguno. El juez tiene que ordenar el cese del embargo sin dar traslado a nadie.