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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #665094  por tincho_20
 
No se si la leyeron se las dejo por las dudas.

“2010 - Año del Bicentenario de la Revolución de Mayo”

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Buenos Aires, 14 de diciembre de 2010

CIRCULAR GP Nº 59/10

PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS - NORMAS COMPLEMENTARIAS -

OPCIÓN PLAN DE FACILIDADES (CAPÍTULO II LEY Nº 24.476) ANTES DE SU VIGENCIA - RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS CERRADOS

Dado que se facultó a la Gerencia Diseño de Normas y Procesos dependiente de la Subdirección de Administración para dictar las normas de procedimiento y disposiciones aclaratorias de la Resolución D.E.-N Nº 555/10 (Probatoria de Servicios Autónomos), se aclara que si el trabajador autónomo optó por el Plan de Facilidades (Capítulo II Ley Nº 24.476) antes de la entrada en vigor de la mencionada resolución (27 de agosto de 2010) a los efectos de lograr un reconocimiento de servicios para hacerlo valer en otro régimen previsional provincial o municipal no transferido al Estado Nacional y obtener una jubilación ordinaria en dicho régimen, resultará hábil en tanto:

1.- Cancele antes de la solicitud de reconocimiento de servicios la totalidad del Plan de Facilidades que hubiese optado.

2.- Compruebe la actividad autónoma agregando las pruebas pertinentes (Resolución 1981/79 CNTA).

En dichos casos, para la obtención de la jubilación ordinaria no resultará exigible la afiliación previa al régimen de trabajadores autónomos; en cambio sí resulta exigible para obtener un reconocimiento de servicios para el logro de pensión y/o jubilación por invalidez en otros regímenes provinciales o municipales no transferidos al Estado Nacional, ello por aplicación de la Resolución INPS Nº 232/91.
 #665096  por lilita09
 
Como estas Tincho FELIZ AÑO!!! y pequeñas trabas que agregan ej. en este caso para los que buscandole la vuelta los ingresaron al plan mis facilidades para poderlos jubilar.
 #674105  por laulau
 
Hola: a ver si me pueden ayudar con este tema: Tengo que hacer una pensión directa, y me estoy volviendo loca con el puc, sicam I y II.
En el puc solo le aparece desde 2/99 a 12/2006.
Pero en pagos le aparecen, muchos, desde 12/82.
Entonces, qué hago?
Los pagos anteriores a 09/93, si lo caro en sicam II me lo toma como deuda aunque estén pagos.
Si lo pongo en el I, no respeto el puc.
Los posteriores al 9/93, no los puedo poner en el II, obvio, pero necesito cargar los periodos que tiene pagos para hacerlos valer!!! son bastantes aportes!!! Y los necesito para sumar los años. No se olviden que es una pensión directa. LLego bien con los años pero tengo que cargar casi todo en Sicam I. Ustedes que harían? Gracias!!!!
 #674115  por Anyweb
 
laulau escribió:Hola: a ver si me pueden ayudar con este tema: Tengo que hacer una pensión directa, y me estoy volviendo loca con el puc, sicam I y II.
En el puc solo le aparece desde 2/99 a 12/2006.
Pero en pagos le aparecen, muchos, desde 12/82.
Entonces, qué hago?
Los pagos anteriores a 09/93, si lo caro en sicam II me lo toma como deuda aunque estén pagos. Si no optás por la 592/79 van en Sicam I y ahi te los va a tomar. Si liquidás por 24476 podés cambiar la categoría hasta 09/93
Si lo pongo en el I, no respeto el puc. El PUC lo debés respetar desde el 10/93 en adelante
Los posteriores al 9/93, no los puedo poner en el IIPor qué se te ocurre que tienen qur ir en Sicam II?, obvio, pero necesito cargar los periodos que tiene pagos para hacerlos valer!!! son bastantes aportes!!! Y los necesito para sumar los años. No se olviden que es una pensión directa. LLego bien con los años pero tengo que cargar casi todo en Sicam I. Ustedes que harían? Gracias!!!!
Armá la situación de revista y vemos. Danos todos los datos. Fecha de nac, de fallec, etc.
Y te reitero: OLVIDATE DEL SICAM II en este caso no se aplica
 #674117  por Anyweb
 
Anyweb escribió:
laulau escribió:Hola: a ver si me pueden ayudar con este tema: Tengo que hacer una pensión directa, y me estoy volviendo loca con el puc, sicam I y II.
En el puc solo le aparece desde 2/99 a 12/2006.
Pero en pagos le aparecen, muchos, desde 12/82.
Entonces, qué hago?
Los pagos anteriores a 09/93, si lo caro en sicam II me lo toma como deuda aunque estén pagos. Si no optás por la 592/79 van en Sicam I y ahi te los va a tomar. Si liquidás por 24476 podés cambiar la categoría hasta 09/93
Si lo pongo en el I, no respeto el puc. El PUC lo debés respetar desde el 10/93 en adelante
Los posteriores al 9/93, no los puedo poner en el IIPor qué se te ocurre que tienen qur ir en Sicam II?[/color], obvio, pero necesito cargar los periodos que tiene pagos para hacerlos valer!!! son bastantes aportes!!! Y los necesito para sumar los años. No se olviden que es una pensión directa. LLego bien con los años pero tengo que cargar casi todo en Sicam I. Ustedes que harían? Gracias!!!!

Armá la situación de revista y vemos. Danos todos los datos. Fecha de nac, de fallec, etc.
Y te reitero: OLVIDATE DEL SICAM II en este caso no se aplica
 #674131  por PARANA
 
Anyweb escribió:
Anyweb escribió:
laulau escribió:Hola: a ver si me pueden ayudar con este tema: Tengo que hacer una pensión directa, y me estoy volviendo loca con el puc, sicam I y II.
En el puc solo le aparece desde 2/99 a 12/2006.
Pero en pagos le aparecen, muchos, desde 12/82.
Entonces, qué hago?
Los pagos anteriores a 09/93, si lo caro en sicam II me lo toma como deuda aunque estén pagos. Si no optás por la 592/79 van en Sicam I y ahi te los va a tomar. Si liquidás por 24476 podés cambiar la categoría hasta 09/93
Si lo pongo en el I, no respeto el puc. El PUC lo debés respetar desde el 10/93 en adelante
Los posteriores al 9/93, no los puedo poner en el IIPor qué se te ocurre que tienen qur ir en Sicam II?[/color], obvio, pero necesito cargar los periodos que tiene pagos para hacerlos valer!!! son bastantes aportes!!! Y los necesito para sumar los años. No se olviden que es una pensión directa. LLego bien con los años pero tengo que cargar casi todo en Sicam I. Ustedes que harían? Gracias!!!!

Armá la situación de revista y vemos. Danos todos los datos. Fecha de nac, de fallec, etc.
Y te reitero: OLVIDATE DEL SICAM II en este caso no se aplica


Hola amigos foristas:

coincido con Anyweb, en que tenés que pasarnos integramente la situación de revista, principalmente para ver si existen pagos entre el 10/93 y el 01/99, que no te aparecen en el PUC

saludos
 #674133  por Anyweb
 
Si, Pasá lo que aparece en la pantalla Datos Personales de la Afip. Y los otros datos que te pedí antes.
 #674138  por laulau
 
Hola acá va.
Nació 08/07/1949
Falleció: 24/12/2006.

Sit. revista:
08/1967 a 12/1969
(01/1970 a 12/1970 REL. DE DEP.)
01/1971 a 06/1974
(07/1974 a 03/1980 REL DE DEP.)
04/1980 A 09/1993

Y TENGO QUE CARGAR LOS MESES QUE LE APARECEN PAGOS:
01/1994 a 12/1994
02/1995 a 04/1995
12/1995 a 01/1996
06/1996 a 08/1996
10/1996 a 01/1997
02/1999 a 02/1999
06/1999 a 06/1999
03/2005 a 12/2006

ACLARACION: Aparecen pagos desde 12/83 a 01/1997 salteados. De eso nada figura en el PUC.
En PHA aparece fecha afiliación 12/82 hasta 02/86.
La cuenta está asociada.
De 02/99 a 12/06 figura en PUC, pero yo les detallé lo que yo uso, es decir sin detallar lo que renuncio por estar impago para hacer más fácil la lectura.
Gracias, amigos, y sí, creo que pongo todo en Sicam I y listo, no?
 #674145  por Anyweb
 
laulau escribió:Hola acá va.
Nació 08/07/1949
Falleció: 24/12/2006.

Sit. revista:
08/1967 a 12/1969
(01/1970 a 12/1970 REL. DE DEP.)
01/1971 a 06/1974
(07/1974 a 03/1980 REL DE DEP.)
04/1980 A 09/1993

Y TENGO QUE CARGAR LOS MESES QUE LE APARECEN PAGOS:
01/1994 a 12/1994
02/1995 a 04/1995
12/1995 a 01/1996
06/1996 a 08/1996
10/1996 a 01/1997
02/1999 a 02/1999
06/1999 a 06/1999
03/2005 a 12/2006

ACLARACION: Aparecen pagos desde 12/83 a 01/1997 salteados. De eso nada figura en el PUC. Con los pagos posteriores a 10/93 01/99 vas a tener problemas si no figuran en el Puc porque como debés respetar la categoría en este caso Afip no informa que esté inscripto. ¿Estás segura que en Datos Personales (no en PUC) no te aparece nada?
En PHA aparece fecha afiliación 12/82 hasta 02/86. Aparece como fecha de cese el 86? Porque siempre aparece en PHA ese año como última categoría
La cuenta está asociada.
De 02/99 a 12/06 figura en PUC, pero yo les detallé lo que yo uso, es decir sin detallar lo que renuncio por estar impago para hacer más fácil la lectura.
Gracias, amigos, y sí, creo que pongo todo en Sicam I y listo, no?
Tiene los tickets de pago de los períodos que no figuran el PUC?
 #674150  por Anyweb
 
¿Los pagos del 03/2005 al 12/2006 te arrojan deuda? ¿Fueron pagados dentro del mes de vencimiento? Porque en ese caso sería irregular con derecho (18 meses de los últimos 36) y no necesitás nada mas.
 #674176  por laulau
 
Hola. La primera pregunta: no, los tickets no, pero en la sábana de Anses aparecen.
2: no, fueron hechos extemporáneamente todos, con sus intereses.
Gracias
 #674182  por laulau
 
Perdón, me faltaban algunas resp
Les cuento bien la historia, porque tal vez porque no los quise confundir asi que fue peor el remedio que la enfermedad:
La Sra., tiene una jubi con moratoria, y quiso hacer la pensión con moratoria también. Obvio se la rechazaron, en UDAI y en CARSS.
A mi me viene con todo el paquete armado, y Sicam dado de baja.
En el medio aparecen estos cambios de la 555, por eso mis dudas.
El anterior expte, lo fotocopié y ella tiene hecho el cómputo ilustrativo y le dan los 30 años y todo OK, se la rechazan x la moratoria.
El tema es que no tenía la plata para pagar todo. en su momento pagó esos meses del 2005 a 2006.
Ahora viene a verme a mí y dice que los hijos le van a dar la plata.
El tema es, los años están en el expte anterior pero como cambió la probatoria, se me planteó la duda de Sicam I y Sicam II.
Perdonen pero no les había puesto toda la historia por demasiado larga...

En datos personales aparece lo que les dije, y en PHAes verdad, 2/86 aparece como última categoría.
 #674486  por cotypancha
 
Hola a todos tengo una duda con respecto de la r 555. En la Udai me dicen que tengo que respetar el PUC. Pero si yo no opto por la moratoria del 79, no es que puede incluir todo en el sicam 1 sin necesidad de apliar la situcion de revista. En otros expedientes hice esto y no he tenido problemas,hoy me dicen que no.
La relacion de cuenta y n de uil donde debo realizarlo, en afip o anses, la afiliacion fue en el año1989 nunca daba de baja, tengo una laguna,y ademas bronca porque cambiaron la iniciadora en la udai, y cambio el librito ay que aprenderlo. gracias todos.
 #674506  por academico
 
cotypacha, para relacionar cuenta de autonomos, se lo hace mediante el F. 460/F de afip, simplemente completando los datos de Nº cuit, trámite espontaneo, domicilios , nombres, y por aqui, el nº de cuenta se pone arriba de todo con un resaltador y/o astericos, presentándolo por mesa de entradas, demorará mas o menos de 2 a 5 dias hábiles.
 #674991  por cotypancha
 
gracias, academico.
Pregunto estoy equivocada cuando no opto por la resolucion 592/79, puedo realizar la situacion de revista todo en el sicam 1 y modificar las categoria hasta el 9/1993- De esta forma he realizado varias jubilaciones, y estan cobrando el beneficio. Ahora realice uno igual y me dicen que esta mal.
Me equivoque antes o ahora.
gracias
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