Necesito hacerles una preguntita:
Tengo un cliente que tiene discapacidad mental y motriz a raíz de un ACV (según certificado médico oficial y certificado de discapacidad), la esposa quiere iniciar la pensión por invalidez (RTI) pero entiendo que el causante no puede apoderarla siendo incapacitado mental. En ese caso, ¿¿es necesario tramitar una curatela o Anses tiene algún mecanismo para evitar un trámite tan extenso???
Desde ya muchas gracias a quienes me respondan. MONICA
Tengo un cliente que tiene discapacidad mental y motriz a raíz de un ACV (según certificado médico oficial y certificado de discapacidad), la esposa quiere iniciar la pensión por invalidez (RTI) pero entiendo que el causante no puede apoderarla siendo incapacitado mental. En ese caso, ¿¿es necesario tramitar una curatela o Anses tiene algún mecanismo para evitar un trámite tan extenso???
Desde ya muchas gracias a quienes me respondan. MONICA
