hola, puede pasar que le den de alta tambien, es muy comun que las art dictaminen que no hay incapacidad, pero resulta que el trabajador sigue con molestias, o no le queda bien la parte lesionada, en ese caso hay que hacer el reclamo a la art igual, seclo, y si no se llega a un acuerdo, demanda por accidente de trabajo, que tambien se puede hacer por la via civil, o reparacio integral art 1113, si necesitas un modelo, te puedo pasar.[
Galatea escribió:vks escribió:Hola a todos, tengo una consultita para hacerles. una sra. se accidento en el trabajo y esta en pleno proceso frente a la ART. Alguien me puede describir aunque sea suscintamente los pasos a seguir? ayer le fijaron la incapacidad en la audiencia que tuvo con un medico. Muchas Gracias!!!!!!Mira, en unos 1o días (desde la fecha de revisación) le tiene que llegar al domicilio el dictamen de la comisión médica, y si no se apela dentro del termino de 10 días hábiles, queda firme y luego la ART cita a tucliente para cobrar el porcentaje de indemnización según incapacidad.
Que perciba en esta instancia no quiere decir que posteriormente no puedas entablar demanda por diferencia de incapacidad.
Suerte y saludos
Dra. Gomez Carola