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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #664838  por Tuiti
 
GyD escribió:
molinag escribió:
GyD escribió:Si ponen las cantidades, además de satisfacer la malsana curiosidad de los chismosos,
.. Creo que se esta refiriendo a mi, mi querido GyD!!!!!! :D :D
No, don Moli, yo se que en el fondo lo suyo es sed de conocimiento... a propósito, pueden explicarle un poco mejor las cosas a Olimpia que me parece que no lo entendió muy bien que digamos y que está por hacer macanas...
Saludos.
Zapatero a tus zapatos.
Dos posibilidades:
-) Leer bien y a conciencia el tema como para tenerlo en claro y así entender las respuestas.
-) Consultar al profesional con INCUMBENCIA e IDONEO en la materia.( Derivar un caso no nos hace menos o malos profesionales, nos hace ser profesionales serios)
Mi respuesta NO es para ella/el en especial, es para todos los que creen que el derecho tributario se ejerce de taquito. Por el bien del cliente ( a mí, el cliente me importa ) hay que saber derivar.
GyD, yo también veo venir la macanaza.
Los manotazos de ahogados en tributario, terminan costándole mucha plata al cliente y lamentablemente no me refiero a nuestros honorarios. :twisted:
 #664924  por GyD
 
Tuiti, se puso seria y con razón... lamentablemente el problema de tributario, al igual que penal, es que una defensa ex-post nos complica, pero una defensa ex-ante nos implica... y tratamos por todos los medios de no quedar implicados... :lol: :lol: :lol:
Entonces, uno contesta elaborando casos hipotéticos con hipotéticos cursos de acción... luego habrá que esperar que el receptor de la respuesta sepa reconocer en que caso le conviene encuadrarse... pero eso ya queda a criterio del receptor...
Siempre existe la posibilidad de una respuesta un tanto mas directa en un MP, pero la idea de un foro es el contralor público y la aceptación y discusión de la respuesta por sus miembros.
... un dilema ético importante ... Un juez supo sostener: "si la mina está buena, encarcelemos al marido..."
Saludos.
 #665153  por abogadaexDGI
 
La intimación recibida es consecuencia de inconsistencias entre lo declarado como ingresos y la compra de moneda extranjera ... evidentemente, uds. han comprado moneda extranjera por más valor de lo declrado como ingresos... se viene una inspección de Ganancias y Bienes personales, a no sea que efectuén un descargo MUY BIEN FUNDADO...
 #665372  por Reynaldo
 
abogadaexDGI escribió:La intimación recibida es consecuencia de inconsistencias entre lo declarado como ingresos y la compra de moneda extranjera ... evidentemente, uds. han comprado moneda extranjera por más valor de lo declrado como ingresos... se viene una inspección de Ganancias y Bienes personales, a no sea que efectuén un descargo MUY BIEN FUNDADO...
Qué mejor que una ex agente de la DGI para que nos dé los fundamentos

*flor*
 #665412  por abogadaexDGI
 
Reynaldo escribió:
abogadaexDGI escribió:La intimación recibida es consecuencia de inconsistencias entre lo declarado como ingresos y la compra de moneda extranjera ... evidentemente, uds. han comprado moneda extranjera por más valor de lo declrado como ingresos... se viene una inspección de Ganancias y Bienes personales, a no sea que efectuén un descargo MUY BIEN FUNDADO...
Qué mejor que una ex agente de la DGI para que nos dé los fundamentos

*flor*
Hola. Para fundar el descargo es necesario tener a la vista los antecedentes de DDJJ de ganancias, Bs personales ( si los hay)/ recibos de sueldos/ constancias de la compra de moneda extranjera, etc, porque hay que justificar que la compra son ahorros "legítimos", además de saber en que dependencia de AFIP está tu domicilio fiscal ( ojo, si tenés CUIT o CUIL tenés un domicilio fiscal y una dependencia a la que pertenecés). Si querés, comunicáte a mi mail.-
 #665479  por GyD
 
abogadaexDGI escribió:
Reynaldo escribió:
abogadaexDGI escribió:La intimación recibida es consecuencia de inconsistencias entre lo declarado como ingresos y la compra de moneda extranjera ... evidentemente, uds. han comprado moneda extranjera por más valor de lo declrado como ingresos... se viene una inspección de Ganancias y Bienes personales, a no sea que efectuén un descargo MUY BIEN FUNDADO...
Qué mejor que una ex agente de la DGI para que nos dé los fundamentos

*flor*
Hola. Para fundar el descargo es necesario tener a la vista los antecedentes de DDJJ de ganancias, Bs personales ( si los hay)/ recibos de sueldos/ constancias de la compra de moneda extranjera, etc, porque hay que justificar que la compra son ahorros "legítimos", además de saber en que dependencia de AFIP está tu domicilio fiscal ( ojo, si tenés CUIT o CUIL tenés un domicilio fiscal y una dependencia a la que pertenecés). Si querés, comunicáte a mi mail.-
Perdón, Doña Ex-DGI (a quien supongo agente fiscal). Antes de que entre Ud. y doy Rey copen con atildada seriedad esta cuestión imponiendo terror al contribuyente, volvamos a aterrizar sobre ciertas cuestiones:

¿Y si no cumple el requerimiento, qué? Primero evaluar este punto que es el principal, porque, después de todo, quienes tienen sus compras justificadas no estarían consultando esta cuestión, es mas, no deberían haber sido receptores del requerimiento.
Ergo: sumario, multa por incumplimiento formal.

¿Se termina ahí? Vaya uno a saber.
Puede que se venga una inspección por Ganancias, Iva y BP como nos vaticina Ex-DGI? Acá entramos en la disociación Kelsiana entre el mundo del debe ser y el del ser (argentino al palo). Y aquí, contrariando toda doctrina académica la respuesta es que puede que no.
¿En que casos NO?
Por lógica, cuando el mecanismo de la inspección ya se lo ve demasiado costoso con respecto al beneficio (el ajuste). Típica situación de un monotributista encuadrado en una categoría baja cuyos ingresos no justificados no permitirían excluirlo del régimen.
Ej.: Un tipo que dice que gana 24000$ y compró 10.000U$S, como 24 + 40(10D*4$) = 64 y en 64 solo lo movemos de categoría pero no lo podemos sacar del monotributo, dificilmente justifique la apertura de una O.I. y mucho menos un procedimiento determinativo. Si en cambio compró 30000 U$S, entonces ya es mas interesante ajustarlo porque pasamos a las categorías de monotributo plus que son recaudadoras, aún así desde el punto de vista de utilización de recursos de recaudación resulta dudosa su conveniencia, maxime si se resiste al ajuste puede dar vuelta la relación costo-beneficio, recordemos que a la hora de decidir políticas de persecusión fiscal hay que tener presente el índice de cobrabilidad del universo perseguido y de entrada sabemos que la campaña va dirigida a individuos un tanto incobrables (hoy por hoy, los no bancarizados, sino, nuestra buena Ex-DGI nos puede contar cuantos remates llevó adelante en relación con la totalidad de las causas en las que intervino).
Tenemos lugo el caso del que compró U$S 80.000, en cuyo caso podría ser excluido del monotributo. Ese ajuste representa Ganancias, BP y sobre todo pingües ganancias por IVA. Si el contribuyente es solvente será buen negocio porque pagará un ajuste liviano... bueno, liviano hasta que cuando crea que todo terminó le llegue el sumario del 46 o 45. :lol:
Por último tenermos el que compró U$S 1.000.000 o mas. En general, en estos casos el pequeño contribuyente (absolutamente insolvente y con mas de 80 inhibiciones en su haber) debe haber tirado a la basura el requerimiento y se debe matar de risa... De todos modos, para eso casos está la UIF, pero ese es otro cantar.

Y ahora, con la seridad que me caracteriza, me despido porque debo asistir a una urgente reunión de consorcio dado que el encargado del edificio le a negado el acceso a las cocheras a los camellos de los Reyes Magos alegando que son muy sucios y provocando el desabastecimiento y la correspondiente ira de todos los niños de la torre...
Saludos en este 6 de Enero.
 #665486  por Reynaldo
 
GyD escribió: Perdón, Doña Ex-DGI (a quien supongo agente fiscal). Antes de que entre Ud. y doy Rey copen con atildada seriedad esta cuestión imponiendo terror al contribuyente...
No, no, mi pedido de fundamentos era para mí, en carácter de profesional que en algún momento puede llegar a tener un cliente con estos problemas, y que quizás Ex-DGI, al tener una visión interior de la cuestión, nos pueda dar alguna luz en medio de un kiosco a velas (ven cómo salgo de la seriedad?).
GyD escribió: Y ahora, con la seridad que me caracteriza, me despido porque debo asistir a una urgente reunión de consorcio dado que el encargado del edificio le a negado el acceso a las cocheras a los camellos de los Reyes Magos alegando que son muy sucios y provocando el desabastecimiento y la correspondiente ira de todos los niños de la torre...
Saludos en este 6 de Enero.
No me extraña, el problema es que hoy es jueves y el encargado no puede baldear (regar) la vereda...
 #665488  por abogadaexDGI
 
Tengo que pedir disculpas, GyD, porqué te saqué protagonismo? La verdad es que recién me estreno en este foro, pero si la mitad de los integrantes tienen la mitad de tu agresividad, creo que no entro más ...
Tus suposiciones son"suposiciones" nomás.-
 #665536  por GyD
 
abogadaexDGI escribió:Tengo que pedir disculpas, GyD, porqué te saqué protagonismo? La verdad es que recién me estreno en este foro, pero si la mitad de los integrantes tienen la mitad de tu agresividad, creo que no entro más ...
Tus suposiciones son"suposiciones" nomás.-
Estimada ex-DGI, bienvenida y bien estrenada al foro, le cedo todo mi "protagonismo" aunque, a decir verdad, no creo tener ninguno; es cierto que en estos últimos días cuento con un poco mas de tiempo y de ganas para opinar con algun mayor detalle... pero como irá viendo con el tiempo, porque descarto que nos permita seguir gozando de su companía, acá la participación de cada miembro fluctua según cual sea el resto de sus obligaciones... Reynaldo creo que lleva el record de asistencia, pero en general todos tenemos largas ausencias.
La macana es que a veces, todos coincidimos en un tema, y entonces es cuando se arma el tole-tole y se pone divertido. Como bien hace notar el Dr. Cuervo, estamos en feria por lo que habiendo suspendido los litigios, nada mas lejano a mis afectos que litigar con Ud.
¿Agresivo? En todo caso, puedo aceptar: sarcástico, irónico, mordaz...
Si por algún comentario se sintió agredida, puede ser mas específica que de mi parte no tendré inconveniente en disculparme.

Efectivamente mis "suposiciones" no son mas que eso... siéntase absolutamente libre de rebatirlas o de comentarlas. Dado que se ha puesto el nombre de Ex-DGI opiniones basadas en su experiencia serán seguramente valoradas, pero seguramente también serán comentadas por mas de uno que sea ex-c/DGI.

Saludos afectuosos y que los reyes la hayan tatado bien. *suerte*
 #733556  por KDV
 
Buenas tardes a todos, ante todo quisiera aclarar que no soy Abogado, mi registro en Portal de Abogados suergió a raíz de haber recibido la intimación de la AFIP por la compra de moneda extrangera y buscando info al respecto caí por estos lados.
Si me permiten les voy a contar en forma breve "mi pequeño problemilla".
Tras la intimación de AFIP, me presenté para saber de que se me estaba acusando, muy amablemente me mostraron un informe del BCRA que mostraba que con mi DNI habia comprado la suma de 50.000 pesos en moneda extrangera, repartido de enero a junio del 2010, (meses que me encontraba sin trabajo) y que la compra la había realizado en el Bco. PIANO, obiamente deje expresado en el formulario 206 que yo no habia comprado los dolas, etc y me aconsejaron presentarme en el Bco PIANO para hacer este descargo. En esa entidad me trataron muy cordialmente *cafe* me dejaron presentar un descargo con el detalle que me indicaba la AFIP junto con la copia de mi DNI y una copia de la nota, firmada, para mi, indicandome que iban a hacer una auditoría para llegar al fondo del problema (supuestamente bco. Piano le exige a toda que persona que va a comprar moneda extrangera que lleve fotocopia de DNI, un servicio a su nombre, para así poder cargarlo en su base de datos).
Pasaron 4 meses y sigo sin respuestas, AFIP me sigue respirando en la nuca y Piano que siguen en auditoría.
Les agradecería que me den un consejo para saber como seguir con " mi pequeño problemilla"
Muchas gracias
KDV
 #778495  por olimpia
 
Hola GyD:

Nuevamente acudo a Uds., porque como bien manifestaron iba a cometer una macanaza, por eso se solicito asesoramiento a un contador, que creo que sabe menos que yo de tributario, se presento un descargo extemporaneamente. Ahora bien, pesde a esa presentación llegó el mandamiento de ejecución fiscal por la multa formal art. 39 de la ley 11.683. Como fue el contador que originó esta macanaza, se le pidió que responda por su negligencia y nuevamente, demostró no saber nada dejando a la buena de Dios, por su error.

Tengo que presentar algo, ante Tribunal fiscal, porque no puede pagar la multa - pertenece a mi grupo familiar-, por lo tanto consulto a quienes demostraron tener un amplio conocimiento de tributario, para no cometer un macanazo.
Desde ya muchas gracias.

Olimpia
 #778900  por olimpia
 
Gente:

Necesito una respuesta, se expira el plazo para presentarme en el expediente de la multa. Solo pido que me orienten, no se si apelar, presentar excepción, pero cual?????, no quiero mandarme un macanazo, como hizo el contador, que en vez de ayudar perjudico a mi familia, lo aclaro porque no es un cliente, no soy tan irresponsable con mi profesión.

Oly