Sin ánimos de faltarte el respeto, pero entre esta consulta y la anterior sobre los días habiles (que contabas de corrido) corresponde preguntarte algo, sos abogado?
Porque para litigar ante un juzgado hace falta serlo. Si lo sos, y tenés tan poco claro lo referente a la seg. social, lo mejor es que derives o lo compartas con alguien para evitar meter la pata.
Digo, y de nuevo, con todo respeto, no sabés ni que juzgado es competente.
Si litigas contra ANSeS la competencia SIMPRE es federal, la diferencia está en que, en los lugares donde NO HAY juzgado de la seguridad social, es competente el juez federal (la alzada es la cámara de la seg. social), donde si los hay es competente el juzgado de la seg. social.
Si demandas a una caja provincial, hay que ver la organización de la justicia en la provincia correspondiente.
Aún con esta explicación, creo que quedan demasiado cabos sueltos, no sabes como contar los plazos, ni como averiguar que juzgado está de turno, ni quien es competente, ni ante quien demandar.
Lo digo con todo respeto, porque yo tambien recien empiezo, pero el recien empiezo no es excusa para hacerle perder un caso a un cliente, porque te puedo asegurar, que si es por eso, se va con alguien que sepa y listo...
Pensá en los derechos de tu cliente, y buscate a alguien que sepa como se hacen los trámites ante la administración, que conozco la ley de procedimiento administrativo, que conozca ANSeS, que sepa como litigar, etc.
Saludos
Andrea