Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Sicam de mujer q percibe pension militar

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #665870  por MEI38
 
Hola foristas, ante todo tengan uds un muy buen día y un mejor inicio de año !!!
Quisiera consultarles algo:
LLegó a mis manos un caso de una persona que percibe una ayuda militar, no se trata de una pensión por lo que averigué sino de un subsidio de 750$. Por las dudas consulté en la udai antes de dar inicio al trámite, acerca de si la susodicha percibía algún beneficio, y me dijeron que NO.
Es por ello que realice el sicam en cuotas, las cuales eran bajas, 120$. El tema es que cuando llego al turno, me dice la iniciadora que PERCIBE UN BENEFICIO: PENSION MILITAR. Les dije que había hecho la consulta y que ellos mismos me dijeron q NO percibia ningún beneficio. Ante esto, me dijeron que es porque quien me informó en su momento no consulto el RV00, incluso alli hay un error porque dice que la persona es viuda, cosa q es incorrecta porque la mujer es soltera, y dice PENSION percibida hasta 06/2008, y la mujer sigue cobrando; conclusión: me dieron 3 opciones:
1) Que la persona renuncie al beneficio
2) Que lleve constancia de la IAF QUE YA NO PERCIBE EL BENEFICIO
3) Que pague la moratoria de contado o que pida la baja del sicam y vuelva a liquidar la deuda.

La cliente no quiere renunciar al beneficio, por lo que no me queda mas remedio que hacerle pagar de contado, ahora bien, es correcto dar de baja el sicam?? Me dijo la iniciadora que me convenía porque depende cuando liquidara bajaba la deuda. Podrían orientarme un poco por favor?
Gracias de antemano!
 #665872  por fabidoc
 
Es correcto lo que te dijeron. Seguro es un subsidio por hijo discapacitado.
Obvio que tenés que dar de baja el sicam. No querés pagar al contado? y vos lo tenes en cuotas??
 #665879  por MEI38
 
fabidoc escribió:Es correcto lo que te dijeron. Seguro es un subsidio por hijo discapacitado.
Obvio que tenés que dar de baja el sicam. No querés pagar al contado? y vos lo tenes en cuotas??
Hola fabidoc gracias por la respuesta. Efectivamente yo hice el sicam en cuotas porque en la udai me dijeron que la señora no percibía beneficio alguno. La iniciadora me dijo, pague la moratoria completa. Y luego otra me dijo que tenia q dar de baja el sicam y hacer una nueva liquidacion en una cuota, asi percibiria los dos beneficios. ¿Esto ultimo sería lo correcto? Dar de baja el sicam en cuotas, reliquidar al contado y asi conservaria los dos beneficios?
Que pasa con la cuota abonada?
Gracias! :roll:
 #665904  por dramamita
 
cualquier tipo de beneficio que perciba tu clienta, llamese pension, subsidio, etc. la incluye dentro del dto. 884=2006 por lo tanto para solicitar jubilacion nacional tendras que pagar moratoria de contado y presentar la documentacion requerida para estos casos especiales ( ultimos 3 recibos de cobro, detalle de los aportes tenidos en cuenta para otorgar el beneficio y si en el mismo se tuvieron en cuenta aportes civiles (esto se solicita en la fuerza correspondiente) y haber de la maxima jerarquia de la fuerza (esto se pide en el IAF) .
LA VERDAD NO ME IMAGINO QUE TIPO DE BENEFICIO COBRA TU CLIENTA...................TENDRIAS QUE AMPLIAR INFORMACION

No necesita renunciar al beneficio, puede cobrar los 2 beneficios.

La cuota ya ingresada pasa a reducir la deuda total, o sea que ese dinero no se pierde. Cuando entres al plan va a aparecer como pago a cuenta.

saludos
 #665951  por arielruiz86
 
Lo que no se discute es que no debe renunciar a ese beneficio de ninguna manera. Ahora la duda es, que tipo de beneficio es la que cobra y si este esta incluido en el dcto 884/06, porque pueda que se trate de un beneficio no propia de ella, sino un beneficio que le corresponde a su hijo incapacitado llamese subsidio o ayuda militar o lo que sea, y en ese supuesto si podria acceder a la moratoria en cuotas.
 #665991  por MEI38
 
arielruiz86 escribió:Lo que no se discute es que no debe renunciar a ese beneficio de ninguna manera. Ahora la duda es, que tipo de beneficio es la que cobra y si este esta incluido en el dcto 884/06, porque pueda que se trate de un beneficio no propia de ella, sino un beneficio que le corresponde a su hijo incapacitado llamese subsidio o ayuda militar o lo que sea, y en ese supuesto si podria acceder a la moratoria en cuotas.
Hola a todos, gracias por sus respuestas. Como dije anteriormente, se trata de una señora soltera, hija de militar. Quien le otorga este beneficio es una entidad llamada "Ayuda Mutua Financiera Personal" . Cuando consultaron en ANSES el RV00, me dijeron que figuraba como viuda, lo cual es imposible puesto q jamás se casó. Hable con la cliente y me dijo que su madre cobraba la pensión del padre, cuando su madre muere, ella como hija soltera que estuvo al cuidado de sus padres, comienza a cobrar esta Ayuda. En ANSES me dicen que es incompatible con la moratoria en cuotas.Llamé al Instituto de Ayuda Financiera Pago pensiones y retiro militar y me dicen que esa información acerca de la compatibilidad debo averiguarla en ANSES, ERGO, es un círculo vicioso.
Lo que no termina de quedarme claro es: una iniciadora me dice que pague el total del SICAM ya liquidado. Y otra me dice que de de baja ese SICAM hecho en cuotas y reliquide al contado.
Gracias por su ayuda!! Saludso a todos!
 #666032  por fabidoc
 
MEI38 escribió:
arielruiz86 escribió:Lo que no se discute es que no debe renunciar a ese beneficio de ninguna manera. Ahora la duda es, que tipo de beneficio es la que cobra y si este esta incluido en el dcto 884/06, porque pueda que se trate de un beneficio no propia de ella, sino un beneficio que le corresponde a su hijo incapacitado llamese subsidio o ayuda militar o lo que sea, y en ese supuesto si podria acceder a la moratoria en cuotas.
Hola a todos, gracias por sus respuestas. Como dije anteriormente, se trata de una señora soltera, hija de militar. Quien le otorga este beneficio es una entidad llamada "Ayuda Mutua Financiera Personal" . Cuando consultaron en ANSES el RV00, me dijeron que figuraba como viuda, lo cual es imposible puesto q jamás se casó. Hable con la cliente y me dijo que su madre cobraba la pensión del padre, cuando su madre muere, ella como hija soltera que estuvo al cuidado de sus padres, comienza a cobrar esta Ayuda. En ANSES me dicen que es incompatible con la moratoria en cuotas.Llamé al Instituto de Ayuda Financiera Pago pensiones y retiro militar y me dicen que esa información acerca de la compatibilidad debo averiguarla en ANSES, ERGO, es un círculo vicioso.
Lo que no termina de quedarme claro es: una iniciadora me dice que pague el total del SICAM ya liquidado. Y otra me dice que de de baja ese SICAM hecho en cuotas y reliquide al contado.
Gracias por su ayuda!! Saludso a todos!
Reliquida al contado,EN UN PAGO ES MAS BARATO QUE EN CUOTAS.
EN cuanto a la incompatibilidad, es un subsidio que se le dá a los hijos incapacitados o a cargo (solteros) y es, para el ANSES, incompatible con la jubilación en cuotas.