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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #669610  por MARCO82
 
Isis: hasta hice lo que me recomendaste. calcule la liquidacion respetando la actividad declarada. No figura moratoria alguna.
07/1973 a 12/1979. act 486.
08/2004 a actualidad. Monot.
En detalle de deuda figura:
07/1973 - 05/1977 deuda: 20,428.97
06/1977 - 06/1979 deuda: 20,440.46
07/1979 - 12/1979 deuda: 8,988.35
03/2005 - 01/2006 deuda: 1,700.00 (aproximado)
11/2006 deuda:137,00
05/2007 deuda: 129,00.
Gracias, saludos.
 #669857  por ISIS
 
MARCO82 escribió:Isis: hasta hice lo que me recomendaste. calcule la liquidacion respetando la actividad declarada. No figura moratoria alguna.
07/1973 a 12/1979. act 486.
08/2004 a actualidad. Monot.
En detalle de deuda figura:
07/1973 - 05/1977 deuda: 20,428.97
06/1977 - 06/1979 deuda: 20,440.46
07/1979 - 12/1979 deuda: 8,988.35
03/2005 - 01/2006 deuda: 1,700.00 (aproximado)
11/2006 deuda:137,00
05/2007 deuda: 129,00.
Gracias, saludos.
No pusiste cuantos años y meses te toma...fijate en la pantalla de ultima liquidacion, arriba: cuantos años de servicio te computa...
Revisa detalle de deuda, y si todos los meses que van entre el 3/2005 y 1/2006 figuran adeudados, mas el 11/2006 y el 5/2007: yo a esos les aplicaria el art.1 de la 25321...volve a calcular y comentanos cuantos años de servicio te computa...y si figura algun mes adeudado posterior al 9/93...
 #670015  por MARCO82
 
Isis. sin aplicar beneficios, la liquidacion con los datos anteriores daba 13 años de servicios.
aplicando art. 1 solo a los meses que me dijiste da 11 años y 11 meses.
y deuda hay: 07-73 a 12-79
No hay deuda posterior al 93, salvo intereses pequeños de que los pagos fueron hechos vencidos (son unos $25).
saludos
 #670044  por ISIS
 
No hay deuda posterior al 93, salvo intereses pequeños de que los pagos fueron hechos vencidos (son unos $25).
OK...tene presente que esos pequeños intereses los tenes que abonar y llevar los tikets el dia del turno...los montos se sacan de "datos para el pago", elegis una fecha de pago y los abonas...si no sabes con que formularios pregunta.
aplicando art. 1 solo a los meses que me dijiste da 11 años y 11 meses.
y deuda hay: 07-73 a 12-79
Si tenias 19 años y 5 meses de rel.de dep. y 2 de autonomo solo necesitarias 8 años y ponele 9 meses (2 meses mas por las dudas)...o sea que se podria depurar y eliminar lo adeudado que te sobra y que es mas caro...anda a la pantalla que viene despues que entras a moratoria ley 24476, pones el domicilio, calculas, despues viene una pantalla que tiene un cartel rojo que dice: si quiere agregar aportes...arriba hay un rectángulo que dice :Aporte y Reg. Seg. Soc. Autónomo entra alli y te van a salir discriminados todos lo meses adeudados...vos escribiste que tenia algunos pagos en los años 70...asi que fijate detenidamente cuales son los meses que tienen deuda mas alta....revisa uno por uno ya que algunos periodos si los tenia pagos no van a salir con deuda....luego calcula cuantos serian...te estarian sobrando 2 años y 2 meses aproximadamente ...asi que podes volver a situacion de revista y aplicar el art.1 de la 25321 a esos períodos mas caros, volve a calcular y fijate cuanto te da...
De paso los que te queden impagos comentanos que monto de deuda le figura en cada período...
Saludos
 #670160  por MARCO82
 
Hola Isis. Te comento lo que hice:
Primero hice lo que me dijiste, calcule y fui a Aporte y Reg. Seg. Soc. Autónomo, ahi me figuraban los meses adeudados, y por lo tanto pude deducir que meses tenia pagos, y eran bastantes! en total unos 2 años y 8 meses.
Lo que hice fue cargar en situacion de revista desde el 1er pago autonomo 07/73 al ultimo pago que figuraba en SICAM 04/79, y a todos los meses que no figuraban pagos en Aporte y Reg. Seg. Soc. Autónomo les aplique prescripcion 14.326, estos meses sumado a los meses de monotributo efectivamente pagos dio un total en situacion de revista de 8 años y 1 mes.
Por lo que si sumamos la RR.DD (19 años y 5 meses) y el exceso de edad (2 años) Da un total de aportes de 29 años y 6 meses.
¿esta bien?
¿lo que resta se compra por moratoria o pago meses adeudados? Si le compro via moratoria, compro lo mas barato (albañil o changarin), no interesa la categoria que tenia por que es anterior al 93, cierto?
La verdad que no sabia lo del ingreso a Aporte y Reg. Seg. Soc. Autónomo, te agradezco mucho. Saludos
 #670446  por ISIS
 
Hola Isis. Te comento lo que hice:
Primero hice lo que me dijiste, calcule y fui a Aporte y Reg. Seg. Soc. Autónomo, ahi me figuraban los meses adeudados, y por lo tanto pude deducir que meses tenia pagos, y eran bastantes! en total unos 2 años y 8 meses.
Lo que hice fue cargar en situacion de revista desde el 1er pago autonomo 07/73 al ultimo pago que figuraba en SICAM 04/79, y a todos los meses que no figuraban pagos en Aporte y Reg. Seg. Soc. Autónomo les aplique prescripcion 14.326, estos meses sumado a los meses de monotributo efectivamente pagos dio un total en situacion de revista de 8 años y 1 mes.
Por lo que si sumamos la RR.DD (19 años y 5 meses) y el exceso de edad (2 años) Da un total de aportes de 29 años y 6 meses.
¿esta bien?
No,no estaria bien... o no interpreto lo que escribis...los periodos que prescribis no valen para ser tomados como años de servicio...y vos los sumas a los que tiene pagos...no se suman porque prescribir o renunciar tienen el mismo efecto: desaparecen...
O sea: volviendo, cuando entras en Aporte y Reg.Seg.Soc. anota todos los meses impagos.. volves a situacion de revista y a esos meses en "Beneficios" yo les aplicaria el art.1 de la 25321 asi no corres riesgos. Una vez aplicado el beneficio, volve a calcular y fijate en la pantalla cuantos años de servicio te computa...si sumados a los 19 y 5 meses que tenes de relacion de dependencia te da menos de 28, podes comprar en sicam 2 (ampliacion de periodos...los meses que te falten...los compras desde el mes siguiente al que cumplio 18 que son mas baratos)
Hacelo y comentame como te quedo.
La verdad que no sabia lo del ingreso a Aporte y Reg. Seg. Soc. Autónomo
Esto tienen de bueno los foros...todos los días aprendemos algo nuevo :wink:
 #670513  por MARCO82
 
Tal vez no me exprese bien, pero creo que habia hecho lo que me decis, salvo que aplique prescripcion y no renuncia ley 25.321.
Fui a Aporte y Reg.Seg.Soc. anote todos los meses impagos, por lo que los que no figuran impagos deduje que estan pagos. Volvi a situacion de revista y a esos meses impagos en "Beneficios" les aplique prescripcion (ahora como me dijiste lo cambie por el art.1 de la 25321).
Total Situacion de revista: 8 años y 1 mes, deuda anterior al 93 $0,00 y posterior $25,01 intereses.
En total me da 8 años y 1 mes, que sumado a los años en RRDD(19a. y 5m.) mas los 2 años de exceso de edad: TOTAL: 29 años y 6 meses
Por lo que compro por moratoria, en ampliacion de peridos, desde 04/1960 hasta 12/1960 (unos 3 meses mas para seguridad).
Total: 30 años y 3 meses, deuda de intereses $25,01 y deuda por moratoria $386,10.
¿que opinas? ¿esta bien que le compre albañil, total no tengo que respetar la categoria posterior?
Saludos. Marco
 #670782  por ISIS
 
Tal vez no me exprese bien, pero creo que habia hecho lo que me decis, salvo que aplique prescripcion y no renuncia ley 25.321.
Fui a Aporte y Reg.Seg.Soc. anote todos los meses impagos, por lo que los que no figuran impagos deduje que estan pagos. Volvi a situacion de revista y a esos meses impagos en "Beneficios" les aplique prescripcion (ahora como me dijiste lo cambie por el art.1 de la 25321).
Total Situacion de revista: 8 años y 1 mes, deuda anterior al 93 $0,00 y posterior $25,01 intereses.
Bien, acordate llevar paga esta deuda de intereses posterior al 9/93
En total me da 8 años y 1 mes, que sumado a los años en RRDD(19a. y 5m.) mas los 2 años de exceso de edad: TOTAL: 29 años y 6 meses
Por lo que compro por moratoria, en ampliacion de peridos, desde 04/1960 hasta 12/1960 (unos 3 meses mas para seguridad).
Para mi estaria bien
Total: 30 años y 3 meses, deuda de intereses $25,01 y deuda por moratoria $386,10.
¿que opinas? ¿esta bien que le compre albañil, total no tengo que respetar la categoria posterior?
Para mi estaría bien, y en la ampliada podes poner cualquier categoria...da re poco de moratoria...si tiene el dinero para abonarla, podrias elegir pago de contado, incluso debe dar menos...y le quedaría el haber completo...o también podrias elegir pocas cuotas...
*suerte*
 #670798  por MARCO82
 
gracias, Isis. La deuda la paga de contado porque el hombre trabaja en una cooperativa y lo quieren jubilar ya.
Te pregunto las ultimas dudas asi si no hay ningun inconveniente mas, los primeros dias de febrero envio el plan.
1) En la pantalla de afip CUENTA CORRIENTE DE CONTRIBUYENTES MONOTRIBUTISTAS Y AUTONOMOS, ULTIMA DEUDA CALCULADA, le figura una deuda importante, deduciendo el saldo deudor y el acreedor, esto incide en algo en el tramite de la jubilacion?.
2) Cuando tiene que dar la baja como autonomo? cuando le sale la jubilacion?
3) Con que formulario se pagan la deuda (intereses) posterior al 93?
4) Aunque ya arme la situacion de revista te consulto: yo no se donde ver si dio la baja como autonomo en el 79, por lo que arme todo tomando en cuenta el ultimo pago de autonomo que figuraba en sicam (4/79). Lo dejo asi? o tengo que declarar servicios hasta que pasa a ser monot. y aplicarle 25321 ¿me explico?
5) Con los nuevos cambios se puede renunciar a los meses adeudados y comprar por ley 24476 como antes sin problemas?.
Gracias. saludos
 #670836  por arielruiz86
 
1) No necesariamente, porq puede reflejar deuda tambien por otros conceptos, aparte que no es incumbencia del anses controlar este, si el detalle de deuda del sicam.
2) En realidad se debe dar de baja en autonomo cuando cesa con la actividad por el cual se inscrbio, o si sigue en actividad se debe cambiar de categoria a la de jubilado autonomo el cual es un poco menos lo que se paga.
3) Consulta con el buscador, hay mucha informacion.
4) Solo se debe respetar el PUC posterior del 93, yo por una cuestion de prudencia y orden respeto todo el PUC, incluso si hay el PHA tambien (al menos la fecha de inicio y hasta algun ultimo pago por ej) pero esto ultimo no es exigencia de la 555 aunque alguna udai lo exige tambien si no hay PUC.
5) Mientras reunas los 30 años de ss requeridos si.
 #670880  por ISIS
 
1) En la pantalla de afip CUENTA CORRIENTE DE CONTRIBUYENTES MONOTRIBUTISTAS Y AUTONOMOS, ULTIMA DEUDA CALCULADA, le figura una deuda importante, deduciendo el saldo deudor y el acreedor, esto incide en algo en el tramite de la jubilacion?.
1) No necesariamente, porq puede reflejar deuda tambien por otros conceptos, aparte que no es incumbencia del anses controlar este, si el detalle de deuda del sicam.
Coincido.
2) Cuando tiene que dar la baja como autonomo? cuando le sale la jubilacion?
2) En realidad se debe dar de baja en autonomo cuando cesa con la actividad por el cual se inscrbio, o si sigue en actividad se debe cambiar de categoria a la de jubilado autonomo el cual es un poco menos lo que se paga.
Coincido...si ahora esta en actividad y no quiere seguir trabajando despues de jubilado, se tiene que dar de baja cuando sale la jubilacion, o como dice Ariel , si sigue, pasar a jubilado (todo se puede hacer via web)

3) Con que formulario se pagan la deuda (intereses) posterior al 93?
Si publicas meses y años que adeuda, si es capital o interes, y si es autonomo o monotributo podremos indicarte los formularios
4) Aunque ya arme la situacion de revista te consulto: yo no se donde ver si dio la baja como autonomo en el 79, por lo que arme todo tomando en cuenta el ultimo pago de autonomo que figuraba en sicam (4/79). Lo dejo asi? o tengo que declarar servicios hasta que pasa a ser monot. y aplicarle 25321 ¿me explico?
4) Solo se debe respetar el PUC posterior del 93, yo por una cuestion de prudencia y orden respeto todo el PUC, incluso si hay el PHA tambien (al menos la fecha de inicio y hasta algun ultimo pago por ej) pero esto ultimo no es exigencia de la 555 aunque alguna udai lo exige tambien si no hay PUC.
Antes que nada te comento que si vas a enviar el plan en febrero, tenes que actualizar situacion de revista ya que te tiene que reflejar el mes de febrero...que como no estara pago va a salir adeudado, asi que tendras que llevar la constancia de pago de ese mes tambien...tene presente que al actualizar sit.de revista se pueden borrar los beneficios...asi que los vas a tener que cargar de nuevo.
En cuanto a hasta cuando pones sit.de revista anterior al 93...fijate en la pantalla donde cargas los datos de nacimiento y tipo de tramite si indica que tenia moratoria...si no la tenia y no tiene pagos posteriores al 4/79 yo la dejaria asi...
5) Con los nuevos cambios se puede renunciar a los meses adeudados y comprar por ley 24476 como antes sin problemas?.
5) Mientras reunas los 30 años de ss requeridos si.
Coincido...se puede...estamos hablando de renuncia...art.1 ley 25321.
 #671049  por MARCO82
 
Gracias Isis, y Ariel por responder.
Isis: los meses que figura deuda en el detalle del SICAM son:
desde el 02/2006 hasta el 10/2006, Monotributo cat. 12.
desde el 12/2006 hasta el 04/2007, Monotributo cat. 12
desde el 06/2007 hasta el 09/2008, Monotributo cat. 12
En todos los casos se deben intereses (total de $25).
Saludos
 #671164  por ISIS
 
MARCO82 escribió:Gracias Isis, y Ariel por responder.
Isis: los meses que figura deuda en el detalle del SICAM son:
desde el 02/2006 hasta el 10/2006, Monotributo cat. 12.
desde el 12/2006 hasta el 04/2007, Monotributo cat. 12
desde el 06/2007 hasta el 09/2008, Monotributo cat. 12
En todos los casos se deben intereses (total de $25).
Saludos
Te paso parte de un cuadrito que circula en el foro:
MONOTRIBUTO AUTONOMO (DESDE 07/2004)

Formulario 155

ESTE FORMULARIO TAMBIEN CONTEMPLA EL PAGO DE LOS 3 ITEMS QUE COMPONEN EL MONOTRIBUTO (IMPOSITIVO-AUTONOMO-SEGURIDAD SOCIAL). ES SIMILAR AL ANTERIOR PERO CON DISTITNTO DISEÑO

Como la deuda que cancelaremos será la del componente AUTONOMO marcaremos con una x en el RUBRO I el casillero 21

CAPITAL

Concepto 019
Subconcepto 086
Período: el mes que se está pagando

INTERESES

Concepto 019
Subconcepto 051
Período: el mes que se está pagando
 #672132  por MARCO82
 
Gracias Isis, nuevamente.
Tengo que llenar como 30 f 155, por una deuda total de $25, ajaja
Espero que con esto pueda terminar esta jubi.
Gracias, despues te cuento como sale.
 #672467  por ISIS
 
MARCO82 escribió:Gracias Isis, nuevamente.
Tengo que llenar como 30 f 155, por una deuda total de $25, ajaja
Espero que con esto pueda terminar esta jubi.
Gracias, despues te cuento como sale.
Que te sea leve... *suerte*