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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #669521  por Cecilaw35
 
Tengo entendido que en Capital Federal se cobran honorarios por consulta. ¿Aproximadamente cuanto se cobra?
En provincia, ¿no es obligatorio también cobrar la consulta?

Desde ya muchas gracias!
 #669829  por infolegal
 
hola cecilaw35, mira ese es un viejo debate de éste foro, me refiero a si se debe cobrar o no por las consultas, y yo soy de las profesionales que piensan que si, que debemos cobrar por nuestro trabajo, y no regalarlo, porque a nadie se le ocurre ir al médico y pensar que no le va a cobrar, o ir al quiosco y pedir una gaseosa e irse sin pagar. Ésta es mi humilde opinión, por otro lado hay una ley de honorarios que te dice cuales son los honorarios mínimos por las diferentes labores, y dice: consultas verbales: 0,50 JUS, consultas por escrito : 1JUS y el valor del JUS es de $99, así que una consulta debería costar como mínimo $ 50.
Yo casi siempre cobro la consulta, y te digo "casi siempre" porque en el caso de que el cliente me traiga un trabajo y me lo deje, ya le pido para apertura de carpeta y gastos, y no le cobro la consulta, pero solo si ya me dio el trabajo, si viene solo a preguntar, a "consultar" mi tiempo vale, y lo que yo estudie también, así que le cobro. Fijate la ley de honorarios, es Ley arancelaria para las profesiones de abogados y procuradores. Fijate decreto ley 8904/77.Espero haberte sido útil.
Cariños.
 #669869  por Cecilaw35
 
infolegal escribió:hola cecilaw35, mira ese es un viejo debate de éste foro, me refiero a si se debe cobrar o no por las consultas, y yo soy de las profesionales que piensan que si, que debemos cobrar por nuestro trabajo, y no regalarlo, porque a nadie se le ocurre ir al médico y pensar que no le va a cobrar, o ir al quiosco y pedir una gaseosa e irse sin pagar. Ésta es mi humilde opinión, por otro lado hay una ley de honorarios que te dice cuales son los honorarios mínimos por las diferentes labores, y dice: consultas verbales: 0,50 JUS, consultas por escrito : 1JUS y el valor del JUS es de $99, así que una consulta debería costar como mínimo $ 50.
Yo casi siempre cobro la consulta, y te digo "casi siempre" porque en el caso de que el cliente me traiga un trabajo y me lo deje, ya le pido para apertura de carpeta y gastos, y no le cobro la consulta, pero solo si ya me dio el trabajo, si viene solo a preguntar, a "consultar" mi tiempo vale, y lo que yo estudie también, así que le cobro. Fijate la ley de honorarios, es Ley arancelaria para las profesiones de abogados y procuradores. Fijate decreto ley 8904/77.Espero haberte sido útil.
Cariños.
Muchas gracias, Infolegal, por la respuesta, realmente gracias. Eso es en provincia de Buenos Aires, que conozco y coincido con tu planteo, más allá de que lo que he visto trabajando que hacen los profesionales que conocí. Ahora tengo entendido algo así como que en Capital Federal es obligatorio salvo en laboral para el trabajador donde no se cobra, como que no hacerlo sería una especie de competencia desleal, . Por eso desearía saber si es correcto o no esto.
 #670332  por diegogvillamayor
 
entiendo que no es obligacion cobrar la consulta ni en capial ni en provincia, lo que no esta permitido es la publicidad de consulta gratis.
Aclaro que yo cobro las consultas.
Si hay publicidad se viola el codigo de etica y sino, es un tema personal.