Algunas apreciaciones antes de que venga Tuiti a pedir explicaciones sobre nuestros términos.
En primer lugar, cuando hablo de documentación informal me refiero a instrumentos que por adolescer de defectos formales no hacen a la plena prueba pero sí son válidos como principio de prueba por el principio de la realidad económica... así, se consideran tales los boletos no sellados, los recibos sin formato oficial, las facturas bajo formato de presupuestos y hasta las liquidaciones de operaciones en hoja no membretada, mucho mas cuando tienen intervención de puño y letra de los intervinientes. Este tipo de documentación suele no tener domicilio, el cual deberá ser denunciado para su cotejo. La denuncia de un domicilio inexistente para no incriminar a terceros partícipes invalida dicha documentación (normalmente es así, que yo sepa).
En segundo término, un contribuyente con un domicilio complicado en el medio de una inspección, termina generalmente siendo mal notificado por art. 100 y es de lo mas problemático.
En tercer lugar, habrá que tener en cuenta algo llamado: "insolvencia fiscal fraudulenta". No creo que ningún craneo la aplique a este caso en particular, pero es bueno recordarla por si alguien se manda en otro caso.
Por último, Tuiti, no creo que haya muchos jefes de agencia por aquí, y Abogada-exDGI se enojó conmigo y no apareció mas (y éso que no fuí yo el que le hizo las correcciones!). Por otro lado, si midiéramos con un corruptómetro o coimametro el funcionamiento de la AFIP, debo reconocer que saldría bastante bien parada en comparación a lo que percibimos del resto de las instituciones, en gran parte se lo debemos a un entramado organigrama en el que las cuestiones circulan entre agencias y regiones con divisiones que logran algún mediano control cruzado a fuerza de sacarse los ojos. Tal vez, la lamentable realidad no radique en el estoicismo y rigidéz del funcionario público, sino en la participación de tantos funcionarios que para conformar a todos, el "arreglo" sea muy caro... Y bué´, en definitiva es una forma de acotar la corrupción administrativa asentada en el cumplimiento de una de las pocas leyes que en estas tierras ha logrado imponerse: la ley de la oferta y la demanda.
Saludos.
En primer lugar, cuando hablo de documentación informal me refiero a instrumentos que por adolescer de defectos formales no hacen a la plena prueba pero sí son válidos como principio de prueba por el principio de la realidad económica... así, se consideran tales los boletos no sellados, los recibos sin formato oficial, las facturas bajo formato de presupuestos y hasta las liquidaciones de operaciones en hoja no membretada, mucho mas cuando tienen intervención de puño y letra de los intervinientes. Este tipo de documentación suele no tener domicilio, el cual deberá ser denunciado para su cotejo. La denuncia de un domicilio inexistente para no incriminar a terceros partícipes invalida dicha documentación (normalmente es así, que yo sepa).
En segundo término, un contribuyente con un domicilio complicado en el medio de una inspección, termina generalmente siendo mal notificado por art. 100 y es de lo mas problemático.
En tercer lugar, habrá que tener en cuenta algo llamado: "insolvencia fiscal fraudulenta". No creo que ningún craneo la aplique a este caso en particular, pero es bueno recordarla por si alguien se manda en otro caso.
Por último, Tuiti, no creo que haya muchos jefes de agencia por aquí, y Abogada-exDGI se enojó conmigo y no apareció mas (y éso que no fuí yo el que le hizo las correcciones!). Por otro lado, si midiéramos con un corruptómetro o coimametro el funcionamiento de la AFIP, debo reconocer que saldría bastante bien parada en comparación a lo que percibimos del resto de las instituciones, en gran parte se lo debemos a un entramado organigrama en el que las cuestiones circulan entre agencias y regiones con divisiones que logran algún mediano control cruzado a fuerza de sacarse los ojos. Tal vez, la lamentable realidad no radique en el estoicismo y rigidéz del funcionario público, sino en la participación de tantos funcionarios que para conformar a todos, el "arreglo" sea muy caro... Y bué´, en definitiva es una forma de acotar la corrupción administrativa asentada en el cumplimiento de una de las pocas leyes que en estas tierras ha logrado imponerse: la ley de la oferta y la demanda.
Saludos.