Hola colegas, les planteo el siguiente tema que me toca de cerca, y lamentablemente al no dedicarme al derecho penal y estar relativamente lejos de CABA se me dificulta saber que hacer.
El tema es que un familiar lajano de unas ancianas que viven solas en un ph se estuvo presentando en su casa con un bolso, con toda la intencion de que ni bien le abran la puerta meterse e instalarse ahi... evidentemente no tiene donde ir, pero de parte de las ancianas no hay obligacion alguna de mantenerlo. Se puso violento con los vecinos que lo echaron de los palieres, cuando una mañana estuvo durmiendo en el pasillo arriba del bolso.
Hicieron la denuncia en la comisaria, pero para cuando llego el movil un vecino ya lo habia echado. Le dijeron a un familiar que vaya a lavalle 1212 a la fiscalia. Al ir, le dicen que necesita si o si un abogado, para hacer una proteccion de persona por el 482 del CCivil.
No tengo del todo claro el tema, pero interpreto que la proteccion de persona que le sugieren a mi entender erradamente, sería dirigida al tipo que esta acosando (es violento, se puede entender peligroso para los demas etc.)... pero el tema de interes para mi es que tomen la denuncia por el acoso y molestia de este hombre en protección de las ancianas, y que la policia y fiscalia actue como tenga que actuar, no tener que promover un proceso de proteccion de persona para lograrlo...
Espero me puedan ayudar, porque es un tema familiar, estoy a mas de 100km y muy preocupada pues no se que solucion darle.
Gracias!
El tema es que un familiar lajano de unas ancianas que viven solas en un ph se estuvo presentando en su casa con un bolso, con toda la intencion de que ni bien le abran la puerta meterse e instalarse ahi... evidentemente no tiene donde ir, pero de parte de las ancianas no hay obligacion alguna de mantenerlo. Se puso violento con los vecinos que lo echaron de los palieres, cuando una mañana estuvo durmiendo en el pasillo arriba del bolso.
Hicieron la denuncia en la comisaria, pero para cuando llego el movil un vecino ya lo habia echado. Le dijeron a un familiar que vaya a lavalle 1212 a la fiscalia. Al ir, le dicen que necesita si o si un abogado, para hacer una proteccion de persona por el 482 del CCivil.
No tengo del todo claro el tema, pero interpreto que la proteccion de persona que le sugieren a mi entender erradamente, sería dirigida al tipo que esta acosando (es violento, se puede entender peligroso para los demas etc.)... pero el tema de interes para mi es que tomen la denuncia por el acoso y molestia de este hombre en protección de las ancianas, y que la policia y fiscalia actue como tenga que actuar, no tener que promover un proceso de proteccion de persona para lograrlo...
Espero me puedan ayudar, porque es un tema familiar, estoy a mas de 100km y muy preocupada pues no se que solucion darle.
Gracias!