Hola, mi duda es la sgte.: soy nuevo en la profesion, tengo que gestionar una compraventa de inmueble ubicado en Provincia por tracto abreviado en una sucesion que tramita en Capital. A su vez, necesito que esa compraventa se perfeccione primero en un boleto y luego en escritura. Porque? Por que necesito el boleto para estar legitimado como poseedor legitimo en un reclamo administrativo por el cual solicitaria la prescripcion quinquenal de las tasas. Y porque? Por que tengo entendido que tanto el escribano como el juez solicitan la libre deuda del inmueble, ya sea por ser agente de retencion el primero o previo a su inscripcion por el segundo. Entonces, de esta manera, me haria cargo de la deuda tributaria de 20 anios reducida en su cuantia notoriamente y asi poder escriturar la venta sin deuda.
1. Ustedes harian lo mismo?
2. La libre deuda la libra la Municipalidad donde se ubica el inmueble? Y que ocurre con las deudas que no dependen de la Municipalidad, en este caso existe una deuda del inmueble cuyo acreedor es una Cooperativa local que se encargo de la instalacion de la red cloacal, pero no sale en la deuda que informa el municipio?
Muchas gracias.!
1. Ustedes harian lo mismo?
2. La libre deuda la libra la Municipalidad donde se ubica el inmueble? Y que ocurre con las deudas que no dependen de la Municipalidad, en este caso existe una deuda del inmueble cuyo acreedor es una Cooperativa local que se encargo de la instalacion de la red cloacal, pero no sale en la deuda que informa el municipio?
Muchas gracias.!