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  • SEPARACION PERSONAL Y DIVORCIO VINCULAR

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #677008  por portaldeabogadosjose
 
Buenas tardes:
tengo el siguiente CASO:
Llegó al estudio una "ex" pareja que tiene sentencia de separación personal de fecha diciembre de 2010 (ART. 205 CC).
Fecha de casamiento: abril de 2008. (abril de 2011 se cumplen los tres años para pedir divorcio por el 215 CC.)
La pareja quiere el divorcio vincular lo antes posible.
PREGUNTA:
Habiendose dictado sentencia de separación personal (15/12/2010) puedo solicitar el divorcio vincular (en abril de este año) por presentación conjunta con fundamento en el art. 215 del CC. U obligatoriamente tengo que esperar el año desde la fecha de la sentencia (o sea, hasta diciembre 2011) de separación personal según lo establece el art. 216 Y 238 CC.??? Muchas gracias
 #677071  por mflorgf
 
Por lo que prescribe el art. 238 y ya habiendo sentencia de separacion personal, entiendo que tenes que esperar a que se cumpla el año de la sentencia (si lo hacen de comun acuerdo) y si no, son tres años.
Saludos. Flopy