Hola!
Me estan consultando por una sucesión, hay varios inmuebles radicados en capital y otros en provincia.
La documentación estaría bien pero mi cliente está preocupado por el pago de la tasa de justicia.
Yo le expliqué que es del 1,5% para capital y del 0,75% provincia pero que la oportunidad del pago es después de la declaratoria y antes de la venta de los inmuebles.
En total son 2 herederos.
Entiendo que la oportunidad de pago de la tasa es esta sin excepción, es así?
Gracias!!!
Me estan consultando por una sucesión, hay varios inmuebles radicados en capital y otros en provincia.
La documentación estaría bien pero mi cliente está preocupado por el pago de la tasa de justicia.
Yo le expliqué que es del 1,5% para capital y del 0,75% provincia pero que la oportunidad del pago es después de la declaratoria y antes de la venta de los inmuebles.
En total son 2 herederos.
Entiendo que la oportunidad de pago de la tasa es esta sin excepción, es así?
Gracias!!!