marifigue escribió:tengo una situación precida...donde no está afectado como bien de familia..pero la valuación fiscal es baja...y muyyy y lejana a la real...me conviene firmar un convenio de honorarios...el tema es el siguiente..es mi primer sucesión...y me surge la duda...el convenio lo tengo q presentar en el expediente?...lo voy hacer dentro del porcentaje legal en provincia...pero lo voy hacer por un porcentaje alto...tipo 18% dado que es valor fiscal...y no real. cuando lo presento en el expediente...tengo probelmas con eso?.....gracias!!
Hola, el tema es que ANTES de que se dicte sentencia tenes que hacer firmar convenio y presentarlo con el escrito de inicio asi se homologa, o, lo que podes hacer es solicitar el dinero y presentar carta de pago...pero te acordaste un poco tarde... al menos en mi caso lo hago asi para evitar futuros dolores de cabeza, y cuando menciono lo que se cobra, seguido cito en el convenio o pacto de cuota litis, la ley que asi lo menciona y el articulo, cosa que despues nadie salga con que uno cobra lo que se le antoja sino dentro de los parametros que la ley nos estipula.