Una profesional fue denunciada por retencion indebida de unos libros contables de una sociedad en Julio de 2008, la denuncia se amplia a estafa en 09/2008, en noviembre de 2008 van a mediacion pero una de las partes (la denunciada) desiste de la misma. El denunciante no se constituyo en querellante ni en particular danmificado. Se abrio una IPP, que todavia sigue abierta. La abogada hasta la fecha no fue citada a indagatoria. La presunta victima tampoco inicio demanda civil. Todavia es posible iniciarla ??? pregunto por el plazo de 2 años, no lo tengo muy en claro. Gracias.