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  • PRESCRIPCION ACCION CIVIL

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 #683388  por lucanor
 
Una profesional fue denunciada por retencion indebida de unos libros contables de una sociedad en Julio de 2008, la denuncia se amplia a estafa en 09/2008, en noviembre de 2008 van a mediacion pero una de las partes (la denunciada) desiste de la misma. El denunciante no se constituyo en querellante ni en particular danmificado. Se abrio una IPP, que todavia sigue abierta. La abogada hasta la fecha no fue citada a indagatoria. La presunta victima tampoco inicio demanda civil. Todavia es posible iniciarla ??? pregunto por el plazo de 2 años, no lo tengo muy en claro. Gracias.
 #683395  por lucanor
 
Disculpen, los hechos presuntamente ocurrieron en Diciembre de 2007. Gracias.
 #688348  por penal123
 
A MI MODO DE VER, EN CUANTO A LO CIVIL LA ACCIÒN PRESCRIBE A LOS DOS AÑOS- DELITOS Y CUASIDELITOS SEGÚN EL CÓDIGO CIVIL- Y CREO QUE EN ESTE CASO NO HAY CAUSALES DE INTERRUPCIÒN DE LAS PREVISTAS EN EL C.C., EN TODO CASO LO QUE CONSIDERO CONVIENE HACER ES, ESPERAR, Y, SI LLEGA LA DEMANDA O, ANTES EN CUALQUIER PRESENTACIÒN QUE HUBIERE QUE HACER EN JUICIO POR EL MOTIVO QUE FUERE , PLANTEAR LA PRESCRIPCIÓN COMO EXCEPCIÓN PREVIA. DE TODOS MODOS LE SUGIERO ESPERE OTRAS RESPUESTAS. AUNQUE NO CREO ESTAR MUY DESACERTADO, PERO NADIE ES PERFECTO.
 #688575  por lucanor
 
Lo que no entiendo y disculpen la pregunta, quizas sea una "burrada" pero soy novel en esto. El Codigo Procesal Penal de la Pcia de Buenos Aires, dice que se puede constituir en particular danmificado y en actor civil hasta el momento mismo en que se clausura la Instruccion, pero si pasaron mas de dos años de los hechos ilicitos al clausurarse la instruccion, como se interpreta esto ?? Gracias.
 #688588  por penal123
 
LAMENTABLEMENTE TENGO QUE CONTESTARTE CONTRARIAMENTE A LO QUE TE DIJE EN UNA RESPUESTA ANTERIOR PUES EL PLAZO DE LA PRESCRIPCIÓN SI BIEN ES DE DOS AÑOS, ESTARÍA SUSPENDIDO EN VIRTUD DEL ART 3982 BIS DEL CC Y FIJATE EN EL 3983 PARA SU MOMENTO PORQUE ESA SUSPENSIÓN CORRE DESDE QUE SE INICIA LA QUERELLA, O SEA CESADA LA CAUSAL DE SUSPENSIÓN SIGUE CORRIENDO A EFECTOS DE CONTAR LOS 2 AÑOS, PERO TAMBIÉN CONTÁ EL TIEMPO ANTERIOR EN QUE LA QUERELLA SE PRODUJO. RECIÉN AL VER TU NUEVA PREGUNTA EMPECÉ A INDAGAR MEJOR EN EL CC Y ENCONTRÈ ESTA CAUSAL DE SUSPENSIÓN QUE TAL VEZ LA CONOCÍA EN MIS ÉPOCAS DE ESTUDIANTE Y LUEGO OLVIDÉ, POR ELLO TE PIDO DISCULPAS POR HABER RESPONDIDO LA PRIMERA VEZ DICIENDO QUE PARA MÍ NO HABÍA CAUSALES DE SUSPENSIÓN O INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN. LAMENTABLEMENTE, EVIDENTEMENTE EN VIRTUD DE LAS NORMAS QUE TE PUESE AL COMIENZO DEL PRESENTE, HAY VIGENTE UNA CAUSAL DE SUSPENSIÓN. UN ABRAZO Y REITERO DISCULPAS
 #688604  por lucanor
 
Pero aca solo hay denuncia, no hay constitucion en particular danmificado como se llama en la Pcia. de Buenos Aires, similar al querellante.
 #688625  por penal123
 
si, lo que habría que ver, como el código habla de querella criminal en ese art que te mencioné , es si se refiere a querella criminal propiamente dicha o habrá interpretaciones doctrinales que se refieren indistintamente a eso o a causa penal. Tendría que encontrar algún libro de doctrina al respecto y creo que está en algún tratado de obligaciones pero la cosa es encontrarlo porque hace tiempo que no hago mucho civil. si lo encuentro te lo respondo mejor. De todos modos esperá otras respuestas también. En la medida de mis posibilidades voy a ayudarte
 #691082  por JFTeseyra
 
En principio la acción por daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual, sea que se ejerza en sede penal o en sede civil, estaría prescripta, pues el término es de 2 años.

Pero si intentan una acción de responsabilidad contractual en sede civil, podrían estar a tiempo porque el plazo es de diez años.

Saludos.
 #691166  por romulo
 
Yo iría por la contractual,dada la descripción de los hechos. Suerte!!!!!!!!!!
 #693887  por lucanor
 
ROMULO TE QUIERO PEDIR PUBLICAMENTE DISCULPAS, MIL PERDONES, RECONOZCO QUE ESTUVE MUY MAL,CON VOS, TE PIDO PERDON. ESE DIA VOLVI A MI CASA CON MUCHOS PROBLEMAS PERSONALES Y FAMILIARES Y HABIA BEBIDO BASTANTE, LO RECONOZCO, POR ESO CONTESTE DE ESA FORMA. ESPERO QUE ME DISCULPES, TUS RESPUESTAS HAN SIDO SIEMPRE MUY ACERTADAS Y ME AYUDARON MUCHO. SI NO ME DISCULPAS TAMBIEN LO ENTIENDO, TENES TODO EL DERECHO. TE MANDO UN SALUDO AFECTUOSO AUNQUE NO NOS CONOCEMOS PERSONALMENTE Y MIL PERDONES. ESTOY MUY ARREPENTIDO Y AVERGONZADO POR LO SUCEDIDO, A VECES HAY COSAS EN LA VIDA QUE ME SUPERAN Y ME DESCARGUE CON LA PERSONA QUE ME AYUDO Y CON LA QUE MENOS TENIA QUE HACERLO. UN ABRAZO.