Hola foristas:
La Prev-11-08/10 del 28/12/2010 dispone que : Si a la fecha del fallecimiento el causante no acreditara los requisitos exigidos y la viuda, a efectos de completar los años de servicios con aportes requeridos, optase por la inclusion en moratoria de ley 24.476, la fecha inicial de pago será la de la solicitud del beneficio que se formaliza con la presentacion del F 558A,B y C dentro de los 45 dias habiles administrativos contados desde la fecha en que se efectuó la liquidacion por Sicam"
Creo que Anses quiso poner un corte a la lluvia de presentaciones de pension con moratoria.
La Prev-11-08/10 del 28/12/2010 dispone que : Si a la fecha del fallecimiento el causante no acreditara los requisitos exigidos y la viuda, a efectos de completar los años de servicios con aportes requeridos, optase por la inclusion en moratoria de ley 24.476, la fecha inicial de pago será la de la solicitud del beneficio que se formaliza con la presentacion del F 558A,B y C dentro de los 45 dias habiles administrativos contados desde la fecha en que se efectuó la liquidacion por Sicam"
Creo que Anses quiso poner un corte a la lluvia de presentaciones de pension con moratoria.
