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  • Demencia no declarada. Curador: el Def. Oficial. Que hago??

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #684661  por Jusito
 
Tengo un caso nuevo de un juicio ya iniciado, solo se presento la demanda.

El tema es que mi cliente ahora esta demente. Es una persona que puede hablar bien, entiende, razona, etc.. pero tiene trastornos psiquiatricos.
La curatela la inicio un familiar de mi cliente, en un juzgado civil de capital. Se nombro como curador provisorio al DEFENSOR OFICIAL.

Pregunto. hace falta que los proximos escritos -ahora pediria abrir a prueba- me los firme el Defensor? o lo hago firmar a mi cliente??

Yo no veo que pueda perjudicar en algo a mi patrocinado -por lo cual, si es en beneficio de él, el acto no es nulo-.
**nota. hasta ahora a mi cliente no se lo notifico del auto que nombra como provisorio al Defensor.-
 #684976  por Tiburcio
 
Mientras el juez no haya nombrado a un representante del presunto incapaz éste conserva su capacidad de intervenir en el juicio.
El solo hecho de nombrarle un curador provisional no suspende su capacidad para el juicio.
Por lo tanto tenés que seguir patrocinándolo a tu criterio y siempre que consideres que está en condiciones de entender, de hecho, lo que firma.
No está de mas que llames por teléfono a tu colega curador y le informes.