Para el desalojo no la necesitas salvo que sea para intruso.
Podes conseguir el segundo testimonio por dos vias, la judicial y la de escribano.
La judicial es una presentanción ante el juez civil, solicitando el segundo testimonio (acreditando la titularidad con dominio), se libra oficio a el Escribano si es que aún tiene los protocolos en su escribania del tiempo de la escrituración, o bien al Archivo de actuaciones notariales para que expidan copia de esa escritura y la manden al juzgado.
Cuando la copia está en el Juzgado, pedis oficio de inscripción de primera copia en el Registro de la Propiedad Inmueble, que toma nota en la matricula y la devuelve con constancia de esa inscripción.
En caso de seguir la via de escribano, el lo hace todo.
Pero tambien podes pedir vos, copia de escritura al archivo o al escribano, en ese caso no se considera escritura testimonial, pero es valida en determinados casos como por ejemplo su presentación en juicio si es acompañada con dominio.
Para sacar esta copia, debes redactar una nota dirigida al escribano o bien al Director del Archivo notarial, y hacer certificar tu firma en el Colegio Publico de Abogados.
En la nota debe logicamente estar todos los datos del inmueble y del escribano actuante, numero de escritura, protocolo etc, y eso lo presentas ante el Escribano o en el Archivo según el caso.
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Ciudad Autónoma de Bs.As.