Buenas tardes colegas: Otra vez me hago presente en el foro para hacerles una nueva consulta. En esta ocasion una clienta mia tiene la edad jubilatoria y es aportante en autonomos. El caso es el siguiente: cuando entro en el SICAM en dator personales me da la opcion de tildar MORATORIA 592. Si le doy que si...la deuda es minima, Si le doy que no la deuda es impagable, ya que por ser por la ley 24.241 los montos desde 9/93 son imapagables.
Mi pregunta es: Que importancia tiene la moratoria 592. Son bienvenidas todas las respuestas. Gracias
Mi pregunta es: Que importancia tiene la moratoria 592. Son bienvenidas todas las respuestas. Gracias
Juan Manuel Galan