Hola colegas como están? Bueno quiero compartir con uds un caso complicado que tengo, el cuál me está dando varios dolores de cabeza.
En dic pasado presenté una demanda de divorcio por presentación conjunta. En la misma se acordó la tenencia/alimentos régimen de visitas.Yo patrocino al esposo.
Posteriormente a ello en el mes de enero recibe mi cliente denuncia por violencia fliar con medida de no acercamiento a domicilio por 60 días. Contesto la misma alegando desconocimiento de paradero del menor, imposibilidad de contacto telefónico con el mismo y demás situaciones.
Ante ello el tribunal me provee se intime a la madre denuncie paradero. La medida ya culminó, pero mi cliente sigue sin poder ver a su hijo, ante lo cuál efectuo denuncia por ley 24270, impedimento de contacto de padre no conviviente, y asimismo pido un regimen de visitas provisorio.
Asimismo la esposa inicio un expte por alimentos.
Mi cliente con todo ello no esta conforme con mi actuación, lo cuál es angustiante como profesional, parece que nunca les basta...
Que piensan del tema? consideran que fueron oportunas las medidas tomadas? Por otro lado les cuento que por cada tema pienso cobrarle honorarios independientes, atento a que se van sumando temas:
Por el divorcio le pase 2000, por el regimen de visitas 1000, alimentos dos cuotas y por la denuncia penal 3000, todo mas gastos. Que les parece? Espero vtros comentarios...muchas gracias!!!!!!!!
En dic pasado presenté una demanda de divorcio por presentación conjunta. En la misma se acordó la tenencia/alimentos régimen de visitas.Yo patrocino al esposo.
Posteriormente a ello en el mes de enero recibe mi cliente denuncia por violencia fliar con medida de no acercamiento a domicilio por 60 días. Contesto la misma alegando desconocimiento de paradero del menor, imposibilidad de contacto telefónico con el mismo y demás situaciones.
Ante ello el tribunal me provee se intime a la madre denuncie paradero. La medida ya culminó, pero mi cliente sigue sin poder ver a su hijo, ante lo cuál efectuo denuncia por ley 24270, impedimento de contacto de padre no conviviente, y asimismo pido un regimen de visitas provisorio.
Asimismo la esposa inicio un expte por alimentos.
Mi cliente con todo ello no esta conforme con mi actuación, lo cuál es angustiante como profesional, parece que nunca les basta...
Que piensan del tema? consideran que fueron oportunas las medidas tomadas? Por otro lado les cuento que por cada tema pienso cobrarle honorarios independientes, atento a que se van sumando temas:
Por el divorcio le pase 2000, por el regimen de visitas 1000, alimentos dos cuotas y por la denuncia penal 3000, todo mas gastos. Que les parece? Espero vtros comentarios...muchas gracias!!!!!!!!