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 #689342  por Fawkes
 
Hola
Les dejo una consulta:
Me llegó una "CEDULA DE NOTIFICACION" de la Policia Caminera de Cordoba, por una multa por infracción de fecha 25/01/2010 por no usas cinturón de seguridad,
la "cedula" (que además adjunta una liquidación de deuda que aparenta ser de Dir.Gral Rentas Cordoba ), mas bien es una fotocopia con una firma de la jueza de faltas, contiene la notificación en donde
graciosamente resulven :
1) declarar mi REBELDIA. ( NUNCA FUI NOTIFICADO ni por cedula, ni por CD )
2) declararme como autor material por la infracción prevista en el art. 40 inc.j , ley provincial de transitoNº 8560. ( SIEMPRE MANEJO CON CINTURON DE SEGURIDAD...no tengo porque mentirles, sinceramente lo tenia puesto )
3) Condenar al pago de la multa de $ 935 mas intereses.
4)no se verifican los extremos para aplicar perdida de puntos.
5) el importe se reduce al 50 % por pago voluntario.

PREGUNTA:
- La "cedula" parece mas bien una carta simple al solo efecto de infundir un poco de pánico e instar al pago voluntario,pero e queda la duda que tiene un item que dice Aviso de recepción y tiene un codigo de barras.....si considera esto un medio de notificación fehaciente ?
- Entiendo que "declarar la rebeldia" sin haber notificado anteriormente y declarame autor material de una infracción sin haber tenido la oportunidad de oponer los descargos pertinentes es cuanto menos una burrada (con perdón de los burros).

Algún consejo respecto a contestar la "cedula" , hacer algun descargo o dejarlo pasar ?


Como siempre, muchas gracias !
 #690395  por AbCba10
 
Te oriento en lo siguiente:
1. Si la cédula de notificación la recibiste por carta documento (firmando aviso de recepción) ES notificación fehaciente. Entiendo que generalmente utilizan OCA, si esto fue así, es probable que alguien en tu casa haya firmado que se recibió. OJO con los datos, fijate que sean correctos nro de casa, o dpto. si es edificio, etc. Si no tiene errores, estás NOTIFICADO, y por lo tanto, en caso de querer impugnar dicha resoluciión, debes hacerlo dentro de los plazos legales. El Código de Faltas de Córdoba, aplicable por remisión de la ley provincial de tránsito 8560, establece un plazo de 48 hs solamente!!!!
2. Con respecto a la declaración en rebeldía, al momento de hacerte la multa, el día de la infracción, no te hicieron firmar nada?
 #690477  por Fawkes
 
hola!

gracias por responder.

nunca me notificaron, nunca me detuvieron para labrar acta, nada ...ni siquiera estabamos sin cinturón de seguridad.
 #691421  por jhoanyp
 
hola, ya que estamos hablando de cordoba, lo que yo quiero es consultar como hacer un descargo tambien por el cinturon de seguridad, el problema es que el policia al detenerme solo me pidio la tarjeta verde y carnet de conducir, y cuando regreso venia con la multa en la mano a la cual pregunte que porque era la multa y el respodio que era porque el pasajero de atras no tenia puesto el cinturan a lo cual yo dije que no era cierto que no lo haya visto no quiere decir que no lo tenia, ya que en el haciento de atras venia mi suegra tapada con una manta, que el no lo vio por esa razon ya que el cinturan de seguridad es el que va solo en la cintura y no es el que atraviesa por frente del pecho, a lo que el respondio que ya era tarde que la multa ya estaba hecha que presentara un descargo en el juzgado de falta de Santa Catalina, Cordoba todo esto sucedio en horas de la noche como a las 22hs. Este juzgado de falta lo busque por internet y ese juzgado pertenece a HOLMBERG, Cba y que la juridiccion del de control comprende R.N. 36: Entre Baigorria y Rí­o Cuarto R. N. 8: Entre Rí­o Cuarto y Reducción R.N.158: Entre Rí­o Cuarto y Chucrut. Y a mi me hicieron la multa en la ruta Nac Nº 7 en VICUÑA MACKENNA, como debo realizar el descargo por carta de que forma debo de redactarla, ya que vivo en San Luis cap, y no me es posible viajar de inmediato a al fuzgado de falta de Santa Catalina, desde ya muchas gracias aca les dejo mi correo para que me escriban PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".COM
 #691489  por hugo16
 
lo que yo aconsejo es que mandes carta documento, haciendo el descargo, negando que el cinturon no estuviera puesto, que tenes testigos, si firmastes, deci que te presionaron para hacerlo, porque te amenazaron con retirarte el carnet, o de usar la fuerza publica, y que queres que se aplique el art de ley nacional para ser juzgado en tribunal administrativo de tu jurisdiccion. esto hay que hacerlo pues estos municipios estan avanzando en el cobro compulsivo y pueden incluir tu multa en el ruit, y de alle solo sale si la pagas.
 #691559  por Fawkes
 
ok. conclusión, en caso de que a uno lo hubieran parado y haya firmado la multa lo mejor es hacer un descargo por CD desconociendo el hecho que dio lugar
a la multa y en el mismo solicitar el cambio de jurisdicción. En caso de que hubiera llegado la multa por un medio de notificación insuficiente (como es la carta simple)
podría jugarme a no hacer el pago voluntario, ni contestarla (para que no me tengan por notificado) , entendiendo que es difícil que vayan a seguir con el tramite del cobro
de la misma y si así fuera , cuando tenga una demanda por el cobro, se plantea todo lo que respecta a la nulidad en la notificación, a que no existió ninguna infracción, etc.... entendi bien ?

saludos para todos y gracias por contestar !
 #698768  por leprimo
 
Buenas noches! Mi nombre es Sebastián y necesito que me orienten por lo que detallo brevemente a continuación:
El jueves pasado (7/4/2011) me informan que mi madre, que vive en la pcia. de San Luis, estaba mal de salud, por lo que me dispongo a viajar hacia dicha provincia el viernes a primera hora. Gracias a Dios se repuso y, aunque -aún- no goza plenamente de buena salud, salió del mal trance. Hoy (domingo), regreso a Bs. As. y en la Ruta Nacional Nº8, dentro de la pcia. de Córdoba, la Policía Caminera me labra un acta de infracción porque el pasajero trasero (un tío mío), estaba sin el cinturón de seguridad abrochado. Resulta que 700 metros antes de esto paramos en una YPF, donde fuimos al baño y cargamos agua caliente en el termo, pero al bajar del auto, mi tío se abrigó con una campera. Cuando subimos y nos dispusimos a proseguir con el viaje, como es costumbre salimos a la ruta con los cinturones de seguridad abrochados, las luces encendidas, etc. Entre la YPF y el control policial, mi tío procede a sacarse la campera y para ello tiene que desabrocharse el cinturón de seguridad. Nos para la Policía y pide los documentos de rutina. Los cinturones traseros de mi vehículo no son inarciales, por lo que el broche del cinturón estaba sobre los muslos del viajante trasero, mientras se disponía a acomodar el abrigo (es decir que estaba a 10 segundos, como máximo, de volver a abrochárselo). En este interín, luego de solicitarme la documentación, el policía le avisa que no tiene el cinturón abrochado y, amablemente, le sugiere que lo abroche, le comentamos que estaba quitándose el abrigo y sin prestar demasiada atención a lo que le comentamos, se va al móvil llevándose mi documentación y cuando vuelve, me entrega la multa.
Quisiera saber si existe la posibilidad de efectuar un descargo que va a ser tomado en cuenta o si es en vano. Qué es lo que me aconsejan? Puedo tener la oportunidad de ser escuchado?
También me dijo el agente que labró el acta al entregarme la misma, que tengo ese derecho y que lo puedo ejercer en el juzago más cercano a mi domicilio dentro de los diez días hábiles, pero no figura en la boleta - que me negué respetuosamente a firmar, pero si la he recibido-, sino que figura una dirección de la localidad de Arias, provincia de Córdoba.
También figura el monto por pago voluntario con un 50% de descuento, con vencimiento el día 25/4/2011 y el monto "real".
Ahora bien, es "legal" que el acta se labre en mi nombre, si en la multa figura que el "infractor" es el pasajero trasero?
Tengo mil interrogantes más, pero no quiero quitarles más tiempo y, de ser posible, quisiera que me digan lo más rápidamente posible que es lo aconsejable en estos casos.
Muchísimas gracias.
Saludos.
 #822437  por carrasco
 
Fawkes
me pasó exactamente lo que te pasó a vos el 25/01/2010, solo que dos años después.
¿pudiste hacer algo en contra de estos corruptos de m?
yo voy a tener que pagar la multa mañana o pasado porque no te dan opción si querés pagarla al 50 % (si no, para mi la multa sería de $2470).
en mi caso además me sacaron 10 puntos de la licencia. ¡por una infracción que no cometí ni nunca me notificaron!!
¡qué injusticia!!
además por lo que veo en los foros siempre agarran a personas que vivan a lejos de córdoba, poque me imagino que si le pasa a alguno de allá los debe querer ir a moler a puñetes.
¿hasta cuando tendremos que seguir aguantando esta corrupción? ¿nadie de los que lee este foro puede actuar de oficio o algo así?
la verdad que toda esta situación me resulta increible. el grado de indefención que tenemos los simples ciudadanos es terrible. siempre respeto TODAS las normas de tránsito (tampoco tengo por que mentir acá) y despotrico contra los que manejan arriesgándonos a todos.
en fin, más que nada era descargar mi indignación...
saludos, amigo

PD: comenten si saben de alguien que haya podido hacer algo (calculo que no, porque los tipos siguen actuando exactamente igual y para que les cierre esta truchada tienen que estar implicadas y de acuerdo la policía caminera, el municipio, la jueza de faltas (una tal nancy torres menéndez), etc. )