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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #689791  por gi2008
 
hola, quisiera saber si es viable reclamar en una demanda de alimentos mas alla de los provisorios que atenderan los alimentos desde el inicio del juicio hasta la sentencia, los aliemntos no pagados por el padre de un menor con anterioridad del inicio de la demada. Ej madre quiere pedir alimentos atrasados por los 4 años anteriores desde que el padre dejo el hogar donde convivian los tres. (eran concuvinos)

por otrio lado lei mucho y aparentemente solo es reclamable los aluimentos atradsados fijado por convenio yo sentencia hasta 5 años antes, sin embargo me surrge la duda respecto a los aliemntos entre conyuges que lei se deben desde separacion de hecho, es asi? se deben desde separacion de hecho por mas que nunca hayan sido reclamados ni con sentencia ni con convenio?

gracias!
 #689916  por diegogvillamayor
 
alimentos entre conyugues es una cosa y alimentos para el hijo es otra.
igual entiendo que sin reclamo no hay deuda.

saludos.
 #690408  por ChristianM
 
dos cositas a diferenciar: por un lado, los alimentos al menos. por otro, los alimentos al concubino.
En el primero de los casos, los alimentos se deben desde el reclamo. Como dijo el anterior colega, sin reclamo no hay derecho a alimentos. Por otro lado, los 5 años son para alimentos fijados. O sea que no podrías reclamar desde antes de la demanda.

En el segundo de los casos, no hay obligación civil por parte de un concubino para dar alimentos al otro.

Espero te sirva.
 #690422  por gi2008
 
muchas gracias a ambos<! si sabia perfectamente qe entre concuvinos no hay derecho alimentario, mi pregunta rondaba a que si entre conyuges lei que se deben aliemntos desde separacion de hecho y son retroactivos a ese momento o estoy errada, porque de ser asi poruqe los padres no deben retroactivamente desde que no pasan alimentos por mas que se reclame mas tarde solo corren a partir de sentencia o acuerdo?
 #690427  por diegogvillamayor
 
los conyuges no se deben alimentos desde la separacion y para q haya condena en alimentos debe haber un juicio de divorcio y ganado y condenado al pago de alimentos, pero no desde la separacion...........

saludos
 #690457  por gi2008
 
tal vez me explique mal, lo que digo es que cuando los conyuges se separan de hecho hasta tanto haya una sentencia de divorcio se deben alimentos en virtud de la asistencia mutua que existe porque aun son un matrimonio, entonces si el conyuge que mantenia el hogar se va, sin importar la culpa, tengo entendido le debe alimentos hasta tanto se decrete el divorcio sea de mutuo acuerdo o contradictorio....
 #690463  por diegogvillamayor
 
para que le deba alimentos, el otro conyuge los debe reclamar y ganar.
 #690476  por Tiburcio
 
No confundir el derecho alimentario con la acción para hacerlos efectivos.
Como dicen todos los colegas, sin sentencia o convenio homologado no se puede reclamar suma alguna, ya que la ejecución proviene de una sentencia o convenio y la retroactividad es desde el momento en que el alimentado exteriorizó su voluntad de ejercer el derecho alimentario mediante demanda, mediación o etapa previa.
 #692118  por ChristianM
 
Igualmente en el jucio de alimentos puede y debe fijarse una cuota por alimentos provisorios mientras se desarrolla el proceso.